20 de cálculo se utilice “el salario actual para llevarlo hasta los 30 años de desaparición de José Carlos”, sino que lo que se hizo fue disminuir en un 50% el salario de base de cálculo, que es el de un profesional docente titular con una antigüedad de 20 años, de US$900,00 (novecientos dólares de los Estados Unidos de América) a US$450,00 (cuatrocientos cincuenta dólares de los Estados Unidos de América) para “llevar el salario como un salario constante durante los últimos 30 años”. En caso de que la Corte designe un perito para realizar los cálculos, solicita que se tome como salario actual el de US$900,00 (novecientos dólares de los Estados Unidos de América); y c) que una de las consecuencias de la incansable búsqueda de José Carlos Trujillo Oroza realizada por la señora Oroza de Solón Romero fue la pérdida del cargo que ocupaba, y que si “se hubiera jubilado del cargo que tenía en ese entonces, como maestra de la Escuela Normal”, su pensión habría sido equivalente aproximadamente a US$500,00 (quinientos dólares de los Estados Unidos de América), mientras que debido a lo ocurrido se jubiló como maestra de base con un ingreso mensual de US$150,00 (ciento cincuenta dólares de los Estados Unidos de América). 67. Como resultado de lo anterior, los representantes de la víctima y sus familiares estiman que el Estado debe pagar los montos indicados en la siguiente tabla: Reparación por concepto de Daño Material Víctima Daño Lucro Pérdidas Emergente cesante económicas de la madre de la víctima José Carlos US$153.900, No lo Trujillo US$8.400,0042 00 cuantificaron US$18.600,00 Oroza 43 TOTAL MONTO TOTAL US$27.000,00 US$153.900, 00 US$180.900,00 68. Los mencionados representantes indicaron que el monto total de la reparación pecuniaria “será destinado a un fondo que llevará el nombre de José Carlos Trujillo Oroza”; que será administrado por la Asamblea Permanente de Derechos Humanos de Bolivia (APDHB), la Asociación de Familiares de Detenidos Desaparecidos y Mártires por la Liberación Nacional (ASOFAMD) y la Fundación Solón en representación de la familia de José Carlos para financiar proyectos y actividades dirigidas a la defensa y promoción de los derechos humanos y otorgar una distinción anual que llevará el nombre de José Carlos Trujillo Oroza. 42 Este monto corresponde a lo solicitado por concepto de gastos efectuados en la búsqueda de la víctima y en las jurisdicciones interna e internacional. 43 Este monto corresponde a lo solicitado por concepto de gastos de los tratamientos médicos recibidos por la madre de la víctima, señora Gladys Oroza de Solón Romero.

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