15 47. El 26 de marzo de 1999, el señor Tristán Donoso interpuso una denuncia penal contra el ex Procurador ante la Procuraduría de la Administración, por el supuesto delito de abuso de autoridad e infracción de los deberes de los servidores públicos, es decir, por considerarlo infractor de las disposiciones contenidas en los artículos 169, 336 y 337 del Código Penal39. Dicha denuncia recibió ampliaciones por parte del señor Tristán Donoso en tres ocasiones, el 5 de abril de 199940, cuando se amplió la denuncia por el delito previsto en el artículo 170 del Código Penal; el 7 de abril de 199941, y finalmente el 22 de abril de 199942. En todas estas oportunidades se solicitaron pruebas o aportaron documentos para ser agregados a la investigación que se realizaba ante la Procuraduría de la Administración. 48. El 22 de septiembre de 1999 la Procuraduría de la Administración emitió la Vista Fiscal No. 472, solicitando el “sobreseimiento objetivo e impersonal dentro de la [referida] sumaria, a favor del Licenciado José Antonio Sossa Rodríguez, Procurador General de la Nación” 43. El 8 de octubre de 199944 el señor Tristán Donoso interpuso una oposición a dicha Vista Fiscal, oposición que fue ampliada el 22 de octubre de 199945. 49. El 3 de diciembre de 1999 el Pleno de la Corte Suprema resolvió “desestimar la denuncia incoada, al carecer ésta y los elementos de convicción que se acompañaron, de la idoneidad necesaria para acreditar la existencia del hecho punible denunciado” y, en consecuencia, “sobrese[yó] de manera definitiva al señor Procurador General de la Nación […] de la comisión de los delitos de Abuso de Autoridad e Infracción de los Deberes de Servidor Público, contenidos en la denuncia presentada por el licenciado [Santander Tristán Donoso]” 46. 39 Cfr. Denuncia penal presentada el 26 de marzo de 1999 por el señor Tristán Donoso contra el Procurador General de la Nación, José Antonio Sossa (Expediente de anexos a la demanda, Tomo I, Anexo 28, folios 1620 a 1624). 40 Cfr. Ampliación de denuncia penal presentada el 5 de abril de 1999 por el señor Tristán Donoso contra el Procurador General de la Nación (Expediente de anexos a la demanda, Tomo I, Anexo 28, folios 1625 a 1627). 41 Cfr. Ampliación de denuncia penal presentada el 7 de abril de 1999 por el señor Tristán Donoso contra el Procurador General de la Nación (Expediente de anexos a la contestación de la demanda, Tomo IV, Anexo B-1, folios 3209 y 3210). 42 Cfr. Ampliación de denuncia penal presentada el 22 de abril de 1999 por el señor Tristán Donoso contra el Procurador General de la Nación (Expediente de anexos a la contestación de la demanda, Tomo IV, Anexo B-1, folios 3288 y 3289). 43 Cfr. Vista Fiscal No. 472 de 22 de septiembre de 1999 de la Procuraduría de la Administración (Expediente de anexos a la demanda, Tomo I, Anexo 35, folio 1714). 44 Cfr. Oposición a la Vista Fiscal No. 472 de 22 de septiembre de 1999 presentada por Santander Tristán Donoso el 8 de octubre de 1999 (Expediente de anexos a la demanda, Tomo II, Anexo 36, folios 1720 a 1729). 45 Cfr. Ampliación de la oposición a la Vista Fiscal No. 472 de 22 de septiembre de 1999 presentada por Santander Tristán Donoso el 22 de octubre de 1999 (Expediente de anexos a la demanda, Tomo II, Anexo 36, folios 1730 a 1732). 46 Cfr. Sentencia de la Corte Suprema de Justicia de Panamá de 3 de diciembre de 1999 (Expediente de anexos a la demanda, Tomo II, Anexo 37, folios 1750 y 1751).

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