19 fiscal […] lindante por la parte trasera a la Comisaría [Segunda] de [la] localidad [de Avellaneda]”. Tiempo después dicha investigación hizo parte de una serie de casos de corrupción, contrabando, fraude, narcotráfico y asociación ilícita de funcionarios públicos, entre otros, a nivel nacional, conocidos como el “caso de la aduana paralela”. Dicho caso se refirió a la existencia de “varias aduanas paralelas de diversos tamaños”, las cuales estaban compuestas por “diversas organizaciones que realiza[ba]n operaciones [ilícitas] a gran escala y c[ontaban…] con la complicidad de funcionarios de la administración e integrantes de los organismos de seguridad” 49, y que hicieron parte de “una profunda crisis institucional […] en los años 1994 a 1996” con las “disputas internas entre sectores [de] la Policía Federal y la [P]olicía bonaerense”50. 43. El cuerpo sin vida del Subcomisario Gutiérrez fue encontrado el 29 de agosto de 1994 por un guarda del tren que viajaba como pasajero. El cuerpo del señor Gutiérrez estaba sentado en uno de los vagones del tren y junto a él se encontraba su maletín “abierto, y en el interior del mismo […] unos papeles, una agenda, y dos lapiceras negras”51. El hallazgo fue informado al guarda en turno, quien al llegar el tren a la estación terminal de La Plata dio aviso al auxiliar de la estación de turno, el cual a su vez también dio aviso a la policía52. A. Etapa de instrucción y juicio oral (1994 a 1998) 44. El 29 de agosto de 1994 el Comisario Jorge Luis Piazza y tres agentes de la Seccional Segunda de Policía de La Plata, Provincia de Buenos Aires, se constituyeron en el lugar de los hechos. Durante dicha diligencia se dio aviso al Juez de turno del Departamento Judicial de La Plata y se dispuso la presencia del grupo SEIT (Servicio Especial de Investigaciones Técnicas) de la Provincia de Buenos Aires. Al cabo de unos minutos dicho personal se hizo presente con expertos en química pericial, balística, planimetría, fotografía, levantamiento de rastro y un médico forense, al igual que el Juez de turno, del Juzgado en lo Criminal y Correccional No. 5 de la ciudad de La Plata, Provincia de Buenos Aires, quien dispuso realizar las diligencias correspondientes por los peritos y, finalmente, el traslado de los restos para su posterior examen forense 53. La necropsia se realizó ese mismo día por un médico forense del SEIT 54. A.1. Etapa de instrucción 49 Cfr. Informe Final de la Comisión Especial Investigadora de la Probable Comisión de Hechos Ilícitos Perpetrados o Producidos en la Administración Nacional de Aduanas de noviembre de 1997 (expediente de fondo, folios 911, 912, 917, 964 y 1022). 50 Cfr. Declaración pericial rendida por Alberto Binder ante la Corte Interamericana en la audiencia pública celebrada el 21 de mayo de 2013. 51 Cfr. Declaración de un guarda de tren de 30 agosto 1994 ante la Comisaría Segunda de La Plata (expediente de anexos al escrito de solicitudes y argumentos, folios 1713 a 1715), y Acta de inspección ocular de 29 de agosto de 1994, Comisaría Segunda de La Plata (expediente de anexos al escrito de solicitudes y argumentos, folios 1705 a 1710). 52 Cfr. Declaración de un guarda de tren de 30 agosto 1994 ante la Comisaría Segunda de La Plata (expediente de anexos al escrito de solicitudes y argumentos, folios 1713 a 1715); Declaración de un segundo guarda de tren de 29 de septiembre de 1994 ante la División de Vigilancia Preventiva de la Superintendencia de Seguridad Ferroviaria, Ministerio del Interior, Policía Federal Argentina (expediente de anexos al escrito de solicitudes y argumentos, folios 2122 y 2123), y Declaración del mencionado segundo guarda de tren de 20 de enero de 2003 ante la Dirección Departamental de Investigaciones de San Isidro, Policía de Investigaciones en Función Judicial, Policía Bonaerense (expediente de anexos al escrito de solicitudes y argumentos, folios 1849 a 1850). 53 Cfr. Acta de inspección ocular de 29 de agosto de 1994, Comisaría Segunda de La Plata (expediente de anexos al escrito de solicitudes y argumentos, folios 1705 a 1710). 54 Cfr. Reconocimiento médico legal de 29 de agosto de 1994 (expediente de anexos al escrito de solicitudes y argumentos, folios 1717 a 1720).

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