de la señora Andrade ejercer su defensa e incluso los amenazó con echarlos de la sala. Señalan que en la
audiencia de medidas cautelares, el Juez rechazó la aplicación de medidas sustitutivas a la prisión preventiva,
a pesar de que la pena aplicable a los delitos imputados la hacían improcedente. Los peticionarios indican que
la señora Andrade apeló el auto de detención preventiva e interpuso un recurso de hábeas corpus. Señalan
que la Sala Civil Primera declaró improcedente el recurso de hábeas corpus por existir una apelación
pendiente, a pesar de que existía un dictamen favorable del fiscal.
39.
Los peticionarios indican que el recurso de apelación fue admitido y que el 10 de noviembre
de 2000, la Sala Penal Segunda revocó el auto de detención y estableció una fianza de 100.000 bolivianos. El
27 de noviembre de 2000, la defensa de la señora Andrade presentó el correspondiente depósito y solicitó
que se expidiera el mandamiento de libertad de la presunta víctima. Sostienen que el 11 de diciembre de
2000, el Tribunal Constitucional declaró procedente el recurso de hábeas corpus a favor de la señora Andrade
y condenó al Juez recurrido al pago de daños y perjuicios a su favor. Indican que el 19 de enero de 2001 se
expidió el mandamiento de libertad de la señora Andrade, es decir, casi dos meses después de que hubiera
presentado la fianza.
40.
Los peticionarios alegan que a lo largo del proceso se impidió el ejercicio del derecho de
defensa y que el caso se mantuvo en etapa de investigación por dos años. Adicionalmente señalan que las
peticiones y quejas presentadas por la señora Andrade no se respondieron. Indican que el 28 de marzo del
año 2003, el Fiscal solicitó la nulidad de obrados hasta el auto inicial de instrucción con base en la Sentencia
Constitucional de 31 de marzo de 2003, que resolvió que se había vulnerado el derecho a la defensa de varios
coimputados.
41.
Agregaron que el 23 de agosto de 2004 y el 21 de enero de 2005 la presunta víctima solicitó
la extinción de la acción penal, la cual fue rechazada el 30 de noviembre de 2005 bajo el fundamento de que la
complejidad del caso y la interposición de múltiples recursos por parte de los coimputados había dilatado el
trámite del proceso.
42.
A mediados de 2009, los peticionarios informaron que se había dictado sobreseimiento
provisional a favor de la señora Andrade (de primera instancia) y, que había subido el proceso a la Sala Penal
de la Corte de Distrito de La Paz para su confirmación. Indicaron que al igual que en el caso Gader, el
sobreseimiento se basaba en la inexistencia de prueba en contra de la señora Andrade. Señalaron que todavía
se encontraba el arraigo vigente y que en consecuencia, la señora Andrade no podía salir de la ciudad de La
Paz y del país.
43.
En octubre de 2010, los peticionarios informaron que a pesar de que había transcurrido casi
un año de dictado el sobreseimiento, el juez liquidador de la causa se había negado a levantar las medidas
cautelares (arraigo), porque “el Gobierno Municipal ha hecho saber que tiene la intención de reabrir la causa”.
En septiembre de 2011, los peticionarios indicaron que este caso se reabrió. En febrero de 2012, los
peticionarios informaron que había sobreseído a la señora Andrade y que se estaba a la espera de la
ejecutoria o a que la Alcaldía de La Paz apelara.
4.
Caso Mendieta (Villa Ayacucho)
44.
Los peticionarios indicaron que este proceso se inició contra algunas autoridades de la
ciudad de La Paz que, en el marco del cumplimiento de un fallo del Tribunal Constitucional de 1994 que
establecía la entrega de áreas verdes a unas personas (entre ellas al señor Mendieta) como mecanismo de
compensación por la expropiación de unos terrenos, no lo hicieron. Señalaron que dado que los propietarios
expropiados querían que la municipalidad les otorgara unos terrenos ubicados en la zona de Achumani,
sector de Ayacucho de la ciudad de La Paz, presentaron una querella en base a un requerimiento fiscal contra
varias personas de la Alcaldía Municipal. Señalan que en esta querella no se mencionaba a la señora Andrade.
45.
Señalaron los peticionarios que a pesar de ello, el Juzgado Tercero de Instrucción en lo Penal,
que había incluido a la señora Andrade en el caso Gader, amplió también este proceso contra ella el 25 de
enero de 2000 mediante auto inicial de instrucción por los delitos de desobediencia judicial y resoluciones
8