señor Montoya a los hermanos Maloff, quienes solicitaron la devolución del dinero de la compraventa ante la imposibilidad de talar madera en dicho terreno debido a la cancelación del permiso para la tala conseguido por Jeannette Kawas en la oficina nacional competente en esos temas. 15. Asimismo, afirman que se sugirió como posible ejecutora del crimen a la señora Mirtala Gómez Amaya, cuñada de la presunta víctima, debido en parte a altercados personales referidos al capital del señor Jacobo Kawas, hermano de la presunta víctima. 16. Aducen además que los mismos agentes del Estado admiten sentirse atemorizados de proseguir con la investigación del caso debido a la magnitud de los intereses involucrados en el mismo. 17. Que el testigo ocular del crimen, Sr. Marcial Bueno, tampoco ha dado ninguna declaración debido al miedo que tiene de perder su vida ya que considera que los autores del asesinato son personas del mismo lugar y que son muy peligrosas. 18. Aducen además que el Sargento Perdomo, de la Fuerza de Seguridad Pública, habría coaccionado a Juan Francisco López Mejía para que dijera ser el autor. Asimismo, que a este mismo Sargento se le habría visto visitar la casa del señor Jorge Montoya, presunto autor intelectual del asesinato. 19. Los peticionarios alegan, de esta manera, que hay varias teorías respecto al asesinato de la presunta víctima y que ninguna de estas fue investigada exhaustivamente y que, inclusive, “desde 1996 el caso se encuentra inactivo sin que se haya llevado ninguna diligencia para esclarecer los hechos, identificar y sancionar a los responsables materiales e intelectuales del crimen. Finalmente, que la única acción judicial posterior a 1996 consiste en el apersonamiento de un nuevo fiscal el 8 de junio de 2001” 1. Dicen, textualmente, los peticionarios: Así la investigación del asesinato de Blanca Jeannette Kawas Fernández “no ha sido seria, ni eficaz para brindar justicia a esta reconocida defensora ambientalista” 2, a pesar de la existencia de testigos, declaraciones, informes de la DIC, etc. Que en relación con las distintas hipótesis alrededor del asesinato de la víctima, hasta el momento “no se ha identificado a ningún responsable, ni se agotaron ninguna de las líneas de investigación que acompañan las diversas teorías”. 3 20. Los peticionarios alegan también que el caso se enmarca dentro de una política de ejecuciones extrajudiciales y hostigamientos contra los defensores del medio ambiente que, según se puede demostrar, el Estado avala o tolera. 21. En el mismo sentido, los peticionarios argumentan que las amenazas recibidas por la presunta víctima, y su posterior asesinato, se encuentra dentro de la situación crítica que viven los ambientalistas en Honduras. Que las ejecuciones de otros líderes de este movimiento, como Héctor Rodríguez Pastor Fasquel, Carlos Roberto Flores, Carlos Luna y Carlos Escaleras Mejía, demuestran este patrón que tanto Amnistía Internacional, Naciones Unidas y el Departamento de Estado de los Estados Unidos de América han demostrado en diferentes informes. Que la demora judicial es parte de esta actitud del Estado frente a los defensores ambientalistas que, en este caso concreto, ha sobrepasado cualquier concepción de plazo razonable. 22. Finalmente, aducen los peticionarios que las gestiones enunciadas por el Estado no resuelven los considerables defectos de la investigación, las cuales se dieron después que haber transcurrido mucho tiempo después del asesinato. B. 1 2 3 El Estado Petición presentada por los peticionarios de fecha 13 de enero de 2003. Idem. Idem. 3

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