rango medio. Indicaron que en el caso de los dos subdirectores condenados se trata de investigaciones en las
que no fue reconocido CCAJAR como víctima, en razón de la fragmentación procesal que ha caracterizado el
proceso en su conjunto. Agregaron que en los casos contra altos funcionarios del DAS, no se han producido
avances importantes.
20.
Finalmente, los peticionarios alegaron que el Estado violó los derechos del niño debido a
que un grupo de niños y niñas, familiares de miembros del CCAJAR, fueron sujetos de actividades de
inteligencia y víctimas de amenazas. Añadieron que algunos niños y niñas también fueron obligadas al exilio
junto con sus familias.
B.
Posición del Estado
21.
El Estado alegó que carece de toda responsabilidad en el presente caso. Indicó que
atendiendo al principio de subsidiariedad del sistema interamericano de derechos humanos, ha llevado a cabo
las acciones necesarias para remediar los hechos alegados por los peticionarios. Explicó que ello se tradujo en
la imposición de sanciones penales y administrativas en contra de diversos funcionarios públicos
involucrados.
22.
El Estado señaló que adoptó una serie de medidas para reconocer la legitimidad del trabajo
de los defensores de derechos humanos, tales como la Directiva Presidencial No. 07 de 1999, el Programa de
Protección a Testigos y Personas Amenazadas del Ministerio del Interior, y la sentencia T-1062/05 de la Corte
Constitucional. Colombia manifestó que “reitera su reconocimiento a la labor que llevan a cabo los defensores
y defensoras de derechos humanos, ya que tanto estos como las organizaciones que los agrupan constituyen
un elemento fundamental para la consolidación de un Estado democrático”. Afirmó también el Estado que la
Vicepresidencia de la República ha adelantado gestiones tendientes a atender las solicitudes de los
peticionarios en este caso, con particular énfasis en lo relacionado con los archivos de inteligencia.
23.
En relación con la alegada violación a los derechos a la vida e integridad personal, el Estado
indicó que no se evidencia que las medidas adoptadas para salvaguardar la vida de los integrantes del CCAJAR
hayan carecido de efectividad. Sostuvo que por el contrario, han sido adecuadas para proteger la vida e
integridad de estas personas. Explicó que en el trámite de las medidas cautelares MC-128-00 ha realizado
todas las acciones necesarias para garantizar la vida e integridad de los beneficiarios. El Estado resaltó que
desde el año 2009 los beneficiarios no han permitido la realización de la evaluación de riesgo. Indicó que a
pesar de ello se ha continuado con la implementación de las medidas de seguridad.
24.
Adicionalmente, Colombia manifestó que en ningún momento ha creado una situación de
riesgo en contra de las presuntas víctimas. Sostuvo que no es cierto que exista un nexo causal entre
afirmaciones de ciertos funcionarios y las amenazas recibidas por esta organización.
25.
En relación con los hechos ocurridos entre 1990 y 2002, el Estado sostuvo que las denuncias
han sido objeto de investigación por parte de las autoridades competentes. Indicó que las investigaciones han
sido adelantadas de manera seria aunque “no han avanzado más allá de la etapa de indagación”. Sostuvo que
el mero paso del tiempo sin que se impongan condenas penales no permite concluir la irrazonabilidad del
plazo. Señal�� que las investigaciones versan sobre hechos complejos.
26.
Respecto de los hechos ocurridos entre 2002 y 2006, Colombia señaló que se iniciaron siete
indagaciones penales y se han emitido cinco sentencias penales en contra de once ex-funcionarios del DAS.
Sostuvo que otros dos se acogieron a sentencia anticipada y se continúa investigando a otros diecisiete exfuncionarios. También informó que en la jurisdicción disciplinaria se han proferido sanciones en contra de
seis ex-funcionarios consistentes en la destitución e inhabilidad para ejercer cargos públicos.
27.
Sobre las alegadas actividades ilegales de inteligencia realizadas por funcionarios del DAS, el
Estado sostuvo que tomó las medidas necesarias para atender dichas denuncias. El Estado sostuvo que dentro
de las medidas correctivas se liquidó al DAS y se redistribuyó sus competencias entre otras instituciones. En
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