3
puso a disposición de las partes a fin de llegar a una solución amistosa de conformidad con el artículo
48.1.f de la Convención Americana. El 5 de mayo de 2010 los peticionarios presentaron un escrito en el
que rechazaron entrar en un proceso de solución amistosa y presentaron observaciones adicionales, el
cual fue transmitido al Estado para sus observaciones. El 12 de mayo de 2010 los peticionarios
presentaron un escrito de observaciones adicionales, el cual fue transmitido al Estado para sus
observaciones.
12.
El 24 de mayo de 2010 el Estado presentó sus observaciones, en las que señaló, entre
otros puntos, que no le era posible pronunciarse sobre la disposición de la Comisión para iniciar un
eventual proceso de solución amistosa, en vista de que no existe certeza respecto del alcance en
términos de hechos y alegaciones de derecho en que se iniciaría dicho procedimiento. Dichas
observaciones fueron transmitidas a los peticionarios para su conocimiento. El 11 de junio de 2010 el
Estado presentó un escrito reiterando sus observaciones de 24 de mayo de 2010, el cual fue transmitido
a los peticionarios para su conocimiento. El 14 de junio de 2010 los peticionarios presentaron
información adicional, la cual fue transmitida al Estado para su conocimiento. El 22 de junio de 2010 se
trasladó al Estado una comunicación de los peticionarios, recibida en la Comisión el 7 de mayo de 2010
para sus observaciones. El 30 de junio de 2010 los peticionarios presentaron una comunicación en la
que se presentan alegatos relativos a la inclusión de Eduardo Matson Ospino como presunta víctima del
caso, la cual fue transmitida al Estado con un plazo de tres meses para que presente observaciones.
13.
El 22 de julio de 2010 se recibió en la Comisión un escrito del Estado en el que remite
los anexos a su comunicación de 24 de mayo de 2010, los cuales fueron transmitidos a los peticionarios
para su conocimiento. El 15 de julio de 2010 los peticionarios presentaron observaciones adicionales,
las cuales fueron transmitidas al Estado para sus observaciones. El 23 de julio de 2010 el Estado
presentó un escrito de observaciones adicionales, el cual fue transmitido a los peticionarios para su
conocimiento. El 11 de agosto de 2010 los peticionarios presentaron un escrito de observaciones, el
cual fue trasladado al Estado para sus observaciones. En respuesta el Estado solicitó una prórroga, la
cual fue concedida. El 7 de septiembre de 2010 los peticionarios presentaron información adicional, la
cual fue transmitida al Estado para su conocimiento.
14.
El 17 de septiembre de 2010 el Estado solicitó una nueva prórroga, la cual fue concedida
por la Comisión. El 4 de octubre de 2010 se recibió información adicional de los peticionarios, la cual fue
transmitida al Estado para sus observaciones. El 13 de octubre de 2010 el Estado presentó un escrito
en el que realizó observaciones a la comunicación de los peticionarios de 15 de julio de 2010 y solicitó
una nueva prórroga. La Comisión concedió la prórroga al Estado y trasladó sus observaciones a los
peticionarios para su conocimiento. El 15 de octubre de 2010 el Estado presentó información adicional,
la cual fue transmitida a los peticionarios para su conocimiento. El 23 de octubre de 2010 el Estado
presentó un escrito de observaciones, el cual fue transmitido a los peticionarios para su conocimiento. El
8 de noviembre de 2010 el Estado solicitó una prórroga para presentar observaciones, la cual fue
concedida. El 16 de diciembre de 2010 el Estado presentó un escrito de observaciones, el cual fue
transmitido a los peticionarios para su conocimiento. El 25 de mayo de 2011 se recibió un escrito de los
peticionarios, el cual fue transmitido al Estado para su conocimiento. El 15 de junio de 2011 la Comisión
solicitó a los peticionarios una identificación actualizada sobre los familiares de las víctimas. Los
peticionarios presentaron dicha información mediante comunicaciones recibidas el 17 y 27 de junio de
2011 y el 14 y 19 de julio de 2011, las cuales fueron transmitidas al Estado para su conocimiento.
III.
POSICIONES DE LAS PARTES
A.
Posición de los peticionarios
15.
Los peticionarios alegan que el 6 de noviembre de 1985 el Movimiento 19 de abril (en
adelante “M-19”) efectuó una toma violenta del Palacio de Justicia. Indican que la Fuerza Pública
respondió con un operativo de retoma que duró más de 24 horas y en el que perdieron la vida
aproximadamente 100 personas, entre ellas varios Magistrados de las altas Cortes del país. Alegan que
en el marco de dicho operativo se produjeron desapariciones, ejecuciones así como detenciones