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reconocimiento de responsabilidad [es] por omisión”. Sin embargo, negó que el señor Urán Rojas
haya sido víctima de una desaparición forzada o de una ejecución extrajudicial porque “no existen
elementos suficientes para determinar si el Magistrado salió o no con vida del Palacio de Justicia”.
B.2) Consideraciones de la Corte
331. Es un hecho no controvertido que en los últimos momentos del operativo de recuperación del
Palacio de Justicia, Carlos Horacio Urán Rojas se encontraba en el baño entre el segundo y el tercer
piso 505 (supra párrs. 101 y 102). No obstante, existe información contradictoria sobre lo sucedido
posteriormente. En la presente sección, la Corte primero analizará los elementos según los cuales el
señor Urán Rojas habría muerto dentro del Palacio de Justicia y, en segundo lugar, examinará los
elementos según los cuales habría sobrevivido a los hechos del Palacio de Justicia, luego sido víctima
de una ejecución extrajudicial y posteriormente su cuerpo habría sido introducido nuevamente al
Palacio de Justicia, como fue alegado por la Comisión y los representantes (supra párrs. 328 y 329).
En tercer lugar, se analizarán los exámenes forenses realizados a los restos del señor Urán Rojas, a
efectos de determinar lo ocurrido a dicha presunta víctima. Por último, se analizarán las violaciones
alegadas de la Convención Americana por estos hechos.
B.2.a) Indicios sobre la posible muerte de Carlos Horacio Urán Rojas dentro del
Palacio de Justicia
332. En el expediente constan declaraciones de personas que también se encontraban en el baño
entre el segundo y tercer piso, donde se encontraba el señor Urán Rojas, quienes afirmaron que el
señor Urán Rojas murió durante la toma y retoma del edificio. Al respecto, Luis Camargo González,
asistente judicial de la Sección Segunda del Consejo de Estado, Luz Lozano de Murillo, auxiliar de un
Consejero de Estado y Aydée Anzola Linares, Consejera de Estado, declararon que el señor Urán
Rojas murió en el baño, aunque no detallaron cómo 506. Asimismo, el Consejero de Estado Samuel
Buitrago Hurtado declaró en 1985 que tras la explosión en una de las paredes del baño, “[a]lguien
gritó que salieran los rehenes”, y Carlos Horacio Urán Rojas habría salido y caído “abatido por las
balas” 507. Sin embargo, en el 2007 el señor Buitrago Hurtado declaró ante la Fiscalía que vio a Carlos
Horacio Urán Rojas caer tras la explosión pero que “no podía asegurar que él estuviera muerto o
vivo” 508.
333. Adicionalmente, consta en el expediente un video documental donde Humberto Murcia Ballén
señaló que él se encontraba con Carlos Horacio Urán Rojas “en una escalera, ya tratando de huir,
cuando de pronto […] estalló una granada y [el señor Urán Rojas le] dijo Humberto me hirieron,
me hirieron. [Luego le dijo que se moría], agachó la cabeza y quedó muerto cuando él [lo] tenía
entre sus brazos” 509. En el mismo sentido, en una sentencia de primera instancia contra ocho
505
Cfr. Declaración de Samuel Buitrago Hurtado de 20 de noviembre de 1985 ante el Tribunal Especial de Instrucción
(expediente de prueba, folios 30621 y 30623), y declaración en video de Nicolás Pájaro de 2 de noviembre de 2007 (expediente
de prueba, folio 15012).
506
Cfr. Declaración de Luis Camargo Gonzalez de28 de noviembre de 1985 ante el Juzgado 30 de Instrucción Criminal
(expediente de prueba, folios 30627 y 30628); declaración de Luz Lozano de Murillo de 23 de noviembre de 1985 ante el Juzgado
30 de Instrucción Criminal (expediente de prueba, folios 30635 a 30637), y declaración de Aydée Anzola Linares de 5 de diciembre
de 1985 ante el Juzgado 27 de Instrucción Criminal (expediente de prueba, folios 30642 y 30644).
507
Declaración de Samuel Buitrago Hurtado de 20 de noviembre de 1985 ante el Tribunal Especial de Instrucción (expediente
de prueba, folio 30623).
508
La Corte advierte que los representantes aportaron un documento donde consta la declaración realizada por el señor
Buitrago Hurtado ese día pero no aportaron copia del video donde, según lo alegado, constaría que el señor Buitrago Hurtado dijo
lo que se indica arriba. Sin embargo, el Estado no negó que la declaración del señor Buitrago Hurtado de 2007 hubiese contenido
dicha aclaración y la fiscal, ante quien se realizó dicha declaración, confirmó lo señalado por los representantes en la audiencia
pública sobre el fondo celebra en el presente caso. Cfr. Acta de la audiencia donde se recibió la declaración de Samuel Buitrago
Hurtado el 11 de octubre de 2007 ante la Fiscalía (expediente de prueba, folios 22309 y 22310); escrito de la Corporación
Colectivo de Abogados José Alvear Restrepo de 20 de noviembre de 2007 (expediente de prueba, folio 22313), y declaración de
Ángela María Buitrago Ruíz rendida en la audiencia pública sobre el fondo celebrada en el presente caso.
509
Testimonio de Humberto Murcia Ballén en el documental titulado “La Toma”, dirigido por Angus Gibson y Miguel Salazar,
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