14. Tomando en cuenta lo anterior, esta Presidencia considera que, en efecto, el objeto del peritaje ofrecido por la Comisión resulta relevante para el orden público interamericano, puesto que trasciende el interés y objeto del presente caso al referirse a los estándares internacionales en materia de debida diligencia en la investigación de homicidios cometidos por particulares en el marco de un contexto de violencia contra trabajadores y trabajadoras rurales. En consecuencia, el Presidente concluye que es pertinente recabar el dictamen pericial ofrecido por la Comisión. El objeto y la modalidad de dicha declaración se determinará en la parte resolutiva de la presente Resolución (infra punto resolutivo 2). POR TANTO: EL PRESIDENTE DE LA CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS, de conformidad con los artículos 24.1 y 25.2 del Estatuto de la Corte Interamericana de Derechos Humanos y con los artículos 4, 15, 26.1, 31.2, 35.1, 40.2, 41.1, 45, 46, 50 a 56 y 60 del Reglamento de la Corte, RESUELVE: 1. Convocar a la República Federativa de Brasil, a los representantes de las presuntas víctimas y a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos a una audiencia pública que se celebrará el día 8 de febrero de 2023, a partir de las 9:00 horas, durante el 164° Período Ordinario de Sesiones, que se llevará a cabo de forma presencial en San José, Costa Rica, para recibir sus alegatos y observaciones finales orales, respectivamente, sobre las excepciones preliminares y eventuales fondo, reparaciones y costas, así como las declaraciones de las siguientes personas: A. Presunta víctima Propuesta por los representantes - Manoel Adelino de Lima, hijo de Manoel Luiz da Silva, quien declarará sobre el impacto de la muerte de su padre en su vida familiar y personal y en la de su madre. Asimismo, declarará sobre la alegada ausencia de apoyo estatal en los años siguientes a la muerte de su padre. B. Peritos Propuesto por los representantes - Aton Fon Filho, abogado especialista en Derechos Humanos con experiencias en áreas como conflictos sociales y derecho penal, quien declarará sobre el desarrollo de la investigación y del proceso penal en el presente caso, así como de los trámites para la realización de juicio por jurados. Propuesto por el Estado - Aury Lopes Júnior, profesor titular del Programa de Posgrado en Ciencias Penales de la Pontificia Universidad Católica de Rio Grande del Sur, quien declarará sobre el ordenamiento penal y proceso penal brasileño, entre estos, las normas y jurisprudencia sobre el concurso de personas, las garantías penales y las reglas de citación. 4

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