3. En el ámbito de la adjudicación internacional, la aplicación del principio no ha sido uniforme, destacándose —por la habitual utilización del mismo—la jurisprudencia del Sistema Interamericano. Asimismo, la disuelta Corte Permanente de Justicia Internacional 3, la Corte Internacional de Justicia 4 y el Tribunal Europeo de Derechos Humanos 5, también han reflexionado sobre los alcances del referido principio, pero haciendo un uso más restringido del mismo. 4. En el caso concreto, el Tribunal no fundamenta las razones que la impulsan a dar aplicación a este principio y sólo se limita a citar las sentencias de los casos Velásquez Rodríguez Vs. Honduras y Nissen Pessolani Vs. Paraguay, fallos en los que se recurrió al mismo 6, mención que, por cierto, no constituye una motivación suficiente de la decisión de recurrir a esta herramienta jurisdiccional. Aquello solo explicita un argumento de autoridad, mas no Caso Lotus, sentencia Nº 9, 1927, Serie A, Nº1, página 31. Caso Fisheries Jurisdiction (United Kingdom Vs. Iceland), sentencia del 25 de julio de 1974, párrafos 1718; caso Military and Paramilitary Activities in and against Nicaragua (Nicaragua Vs.United States of America), sentencia de 27 de junio de 1986, párrafo 29. 5 Caso Handyside vs. United Kingdom, sentencia de 7 de diciembre de 1976, Series A No. 24, párrafo 41; caso Guerra and others vs. Italy, sentencia de 19 de febrero de 1998, Reports 1998-I, p.13, párrafo 44; caso Philis vs. Greece, sentencia de 27 de agosto de 1991, Series A No. 209, p. 19, párrafo 56; caso Powell y Rayner vs. Reino Unido sentencia de 21 de febrero de 1990, Series A No. 172, p. 13, párrafo. 29; caso Scoppola vs. Italy (No. 2), sentencia de 17 de septiembre de 2009, p. 17, párrafo 5; caso Celikbilek vs. Turkey, sentencia de 31 de mayo de 2005, párrafos 100-105. 6 A diferencia de otros tribunales internacionales, la Corte ha hecho un uso recurrente de esta facultad, como puede advertirse del examen de las decisiones adoptadas en los casos: Velásquez Rodríguez Vs. Honduras, sentencia de 29 de julio de 1988; Godínez Cruz Vs. Honduras, sentencia de 20 de enero de 1989; Blake vs. Guatemala, sentencia de 24 de enero de 1998; Durand y Ugarte Vs. Perú, sentencia de 16 de agosto de 2000; Hilaire, Constantine y Benjamín y otros Vs. Trinidad y Tobago, sentencia de 21 de junio de 2002; Castillo Petruzzi y otros vs. Perú, sentencia de 30 de mayo de 1999; Cantos vs. Argentina, sentencia de 28 de noviembre de 2002; Cinco Pensionistas Vs. Perú, sentencia de 28 de febrero de 2003; Myrna Mack Chang Vs. Guatemala, sentencia de 25 de noviembre de 2003; Maritza Urrutia Vs. Guatemala, sentencia 27 de noviembre de 2003; Hermanos Gómez Paquiyauri Vs. Perú, sentencia de 8 de julio de 2004; Instituto de Reeducación del Menor Vs. Paraguay, sentencia de 2 de septiembre de 2004; Comunidad Moiwana Vs. Surinam, sentencia de 15 de junio de 2005; Acosta Calderón Vs. Ecuador, sentencia de 24 de junio de 2005; Niñas Yean y Bosico Vs. República Dominicana, sentencia de 8 de septiembre de 2005; Masacre de Mapiripán Vs. Colombia, sentencia de 15 de septiembre de 2005; García Asto y Ramírez Rojas Vs. Perú, sentencia de 25 de noviembre de 2005; Comunidad Indígena Sawhoyamaxa Vs. Paraguay, sentencia de 29 de marzo de 2006; Masacres de Ituango Vs. Colombia, sentencia de 1 de julio de 2006; Ximenes Lopes Vs. Brasil, sentencia de 4 de julio de 2006; Bueno Alves Vs. Argentina, sentencia de 11 de mayo de 2007; Kimel Vs. Argentina, sentencia de 2 de mayo de 2008; Heliodoro Portugal Vs. Panamá, sentencia de 12 de agosto de 2008; Bayarri Vs. Argentina, sentencia de 30 de octubre de 2008; González y otras (“Campo Algodonero”) Vs. México, solicitud de ampliación de presuntas víctimas y negativa de remisión de prueba documental, 19 de enero de 2009; Escher y otros Vs. Brasil, sentencia de 6 de julio de 2009; Usón Ramírez Vs. Venezuela, sentencia de 20 de noviembre de 2009; Vélez Loor Vs. Panamá, sentencia de 23 de noviembre de 2010; Vera Vera y otra Vs. Ecuador, sentencia de 19 de mayo de 2011; Contreras y otros Vs. El Salvador, sentencia de 31 de agosto de 2011; Grande Vs. Argentina, sentencia de 31 de agosto de 2011; Furlán y familiares Vs. Argentina, sentencia de 31 de agosto de 2012; Gudiel Álvarez y otros (“Diario Militar”) Vs. Guatemala, sentencia de 20 de noviembre de 2012; Caso Suárez Peralta Vs. Ecuador, sentencia de 21 de mayo de 2013; Hermanos Landaeta y otros Vs. Venezuela, sentencia de 27 de agosto de 2014; Personas Dominicanas y Haitianas Expulsadas Vs. República Dominicana, sentencia de 28 de agosto de 2014; Defensor de Derechos Humanos y otros Vs. Guatemala, sentencia de 28 de agosto de 2014; Rochac Hernández y otros Vs. El Salvador, sentencia de 14 de octubre de 2014; Cruz Sánchez y otros Vs. Perú, sentencia de 17 de abril de 2015; Comunidad Campesina de Santa Bárbara Vs. Perú, sentencia de 1 de septiembre de 2015; Pueblos Kaliña y Lokono vs. Surinam, sentencia de 25 de noviembre de 2015; I. V. Vs. Bolivia, sentencia de 30 de noviembre de 2016; Acosta y otros Vs. Nicaragua, sentencia de 25 de marzo de 2017; Lagos del Campo Vs. Perú, sentencia de 31 de agosto de 2017; Vereda La Esperanza Vs. Colombia¸ sentencia de 31 de agosto de 2017; San Miguel Sosa y Otras Vs. Venezuela, sentencia de 8 de febrero de 2018; Mujeres Víctimas de Tortura Sexual en Atenco Vs. México, sentencia de 28 de noviembre de 2018; Muelle Flores Vs. Perú, sentencia de 6 de marzo de 2019; Rodríguez Revolorio y otros Vs. Guatemala, sentencia de 14 de octubre de 2019; Comunidades Indígenas Miembros de la Asociación Lhaka Honhat (Nuestra Tierra) Vs. Argentina, sentencia de 6 de febrero de 2020; Hernández Vs. Argentina, sentencia de 22 de noviembre de 2019; Cuya Lavy y otros Vs. Perú, sentencia de 28 de septiembre de 2021; Extrabajadores del Organismo Judicial Vs. Guatemala, sentencia de 17 de noviembre de 2021; Casierra Quiñonez y otros Vs. Ecuador, sentencia de 11 de mayo de 2022 y Nissen Pessolani Vs. Paraguay, sentencia de 21 de noviembre de 2022. 3 4

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