25 i) Declaraciones de las dos personas que presenciaron la supuesta liberación del señor Munárriz Escobar 75. Los dos testigos que declararon haber visto a Walter Munárriz Escobar son LPS y JMS. Son convivientes y vivían cerca de la comisaría111. 76. LPS indicó que vio a Walter Munárriz Escobar por una ventana del segundo piso de su casa112. Señaló que lo reconoció por el cabello largo113. En dos oportunidades señaló que lo vio de espaldas114, y una oportunidad indicó que lo vio “de perfi[l] y la parte de espalda con el pelo suelto”115. Además aclaró que a Walter Munárriz Escobar lo conocía de vista116. 77. JMS, la otra persona que declaró, igualmente indicó que solo conocía a Walter Munárriz Escobar de vista y que lo reconoció por su frondosa cabellera, ya que en el pueblo donde habitan “solo [había dos] personas que t[enían] cabello largo”117. Declaró inicialmente que vio a Walter Munárriz Escobar desde una ventana118. Posteriormente señaló que no lo vio por una ventana, sino al salir de su casa, que lo vio de espaldas119. 78. La Corte advierte que uno de los detenidos en la comisaría declaró ante la Defensoría del Pueblo que LPS le da pensión y le manifestó que fue aleccionada a declarar que había visto a un joven de cabellos largos caminado fuera de la comisaría120. Asimismo, la Corte destaca que ambos declarantes conocían a Walter Munárriz Escobar solo de vista, y lo habrían reconocido sin verle la cara (supra párrs. 76 y 77). Por otra parte, este Tribunal advierte que existen algunas contradicciones entre las declaraciones y el resto del acervo probatorio. En primer lugar, en la inspección ocular realizada para comprobar la veracidad de estas declaraciones se estableció que lo señalado por JMS “no se ajusta a la verdad por cuanto [a] esa distancia se pierde la visibilidad del físico-anatómico de la persona de Walter Munárriz”121. Además, en dicha diligencia el fiscal observó que de “lo vertido por [LPS], ella tenía buena visibilidad por tener luz artificial[,] y mas no como manifiesta, tan solo [que lo] ha podido reconocer por su cabello y no por alguna otra seña o característica”122. En segundo lugar, las declaraciones de JMS no son claras sobre 111 Cfr. Manifestación de LPS de 15 de abril de 1999 a las 4 de la tarde (expediente de prueba, folio 2403). 112 Cfr. Manifestación de LPS de 22 de marzo de 1999 (expediente de prueba, folio 2399), y manifestación de LPS de 15 de abril de 1999 a las 4 de la tarde (expediente de prueba, folios 2403, 2404 y 2406). 113 Cfr. Manifestación de LPS de 15 de abril de 1999 (expediente de prueba, folio 2401); manifestación de LPS de 15 de abril de 1999 a las 4 de la tarde (expediente de prueba, folios 2403, 2404 y 2406), y declaración de LPS de 13 de mayo de 1999 (expediente de prueba, folio 2408). 114 Cfr. Manifestación de LPS de 15 de abril de 1999 (expediente de prueba, folio 2401), y manifestación de LPS de 15 de abril de 1999 a las 4 de la tarde (expediente de prueba, folios 2403, 2404 y 2406). 115 Cfr. Declaración de LPS de 13 de mayo de 1999 (expediente de prueba, folio 2408). 116 Cfr. Manifestación de LPS de 22 de marzo de 1999 (expediente de prueba, folio 2399), y manifestación de LPS de 15 de abril de 1999 a las 4 de la tarde (expediente de prueba, folio 2404). 117 Cfr. Manifestación de JMS de 22 de marzo de 1999 (expediente de prueba, folio 2424); Acta de entrevista de la Defensoría del Pueblo de JMS de 25 de marzo de 1999 (expediente de prueba, folio 338), y Testimonial de JMS de 13 de mayo de 1999 (expediente de prueba, folio 2432). 118 Cfr. Manifestación de JMS de 22 de marzo de 1999 (expediente de prueba, folio 2424). 119 Cfr. Manifestación de JMS de 12 de abril de 1999 (expediente de prueba, folios 2426 y 2427), y Acta de entrevista de la Defensoría del Pueblo de JMS de 25 de marzo de 1999 (expediente de prueba, folio 338). 120 Cfr. Acta de visita de inspección de la Defensoría del Pueblo de 31 de marzo de 1999 (expediente de prueba, folio 240). 121 Diligencia de Inspección Judicial de 4 de junio de 1999 (expediente de prueba, folio 2440). 122 Diligencia de Inspección Judicial de 4 de junio de 1999 (expediente de prueba, folio 2441).

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