encuentra pendiente de cumplimiento, y la Corte queda a la espera de recibir información actualizada sobre su implementación. B. Campaña de concientización y sensibilización sobre la importancia de la labor de las personas defensoras del medio ambiente B.1. Medida ordenada por la Corte y supervisión realizada en resolución anterior 6. En el punto resolutivo décimo cuarto y en el párrafo 214 de la Sentencia, la Corte dispuso que, en el plazo de dos años a partir de su notificación, el Estado debía ejecutar una campaña nacional de concientización y sensibilización, dirigida a “funcionarios de seguridad, operadores de justicia y población general”, sobre la importancia de “la labor que realizan los defensores del medio ambiente en Honduras y de sus aportes en la defensa de los derechos humanos”. 7. En la Resolución de agosto de 2017, la Corte se refirió a las acciones realizadas por el Estado10 y consideró que las mismas “implican un avance en el cumplimiento”; sin embargo, estimó que “Honduras no ha[bía] logrado demostrar cómo las mismas formaban parte de una campaña nacional en los términos establecidos en la Sentencia” y que “se requ[ería] que cumpl[iera] con la medida de forma completa, de manera que la difusión alcance una mayor cantidad de personas a nivel nacional”. Por ello, para evaluar el cumplimiento total de la reparación, el Tribunal consideró pertinente requerir al Estado que presentara determinada información11. B.2. Consideraciones de la Corte 8. Con base en la información aportada por las partes, el Tribunal nota que el Estado efectuó actividades adicionales para ejecutar de forma completa esta reparación, y toma en cuenta que las representantes de las víctimas consideran que con las mismas el Del 5 al 10 de diciembre de 2011, Honduras realizó el “Primer Congreso Nacional en Justicia y Derechos Humanos”, en memoria de la señora Kawas Fernández. Asimismo, en enero y febrero de 2015 llevó a cabo, en seis departamentos del país, un “Taller para las Defensores/as y la importancia de la labor que realizan en la Defensa, Aportes y Protección del Medio Ambiente, Áreas Protegidas y Derechos Humanos en Honduras”. Finalmente, en 2016, el Estado elaboró “un sello postal conmemorativo de la señora Kawas Fernández y de la labor de los defensores del medio ambiente en Honduras”, así como un documental sobre la obra de la víctima y “sus aportes a la defensa del ambiente como un derecho humano”, los cuales fueron presentados el 19 de julio de 2016 en un “evento conmemorativo [de] los defensores de derechos humanos del medio ambiente”. 11 La Corte le solicitó “un informe actualizado y detallado sobre: a) cómo las medidas ya realizadas por Honduras han tenido un alcance nacional y, en particular, cómo han sido diseñadas para concientizar, en particular, a funcionarios de seguridad y operadores de justicia; b) las acciones que tomará de manera inmediata para retomar o replantear la ejecución de las acciones relativas a dar difusión al documental sobre la obra de la señora Kawas Fernández, así como producir y difundir espacios radiales y de televisión que permitan concientizar y sensibilizar a la sociedad sobre la importancia de la labor que realizan las personas defensoras del medio ambiente en Honduras, en los términos indicados por el Estado en su informe de mayo de 2012 […]; c) la duración que tendrán las nuevas acciones a ser planteadas, el público meta al cual estarán dirigidas, según fue establecido en la Sentencia, y los medios de comunicación mediante los cuales se buscará alcanzar a cada público, y d) las autoridades encargadas de ejecutar de manera inmediata las referidas acciones, tomando en consideración que han transcurrido más de seis años desde el vencimiento del plazo para ejecutar esta medida”. 10 -3-

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