encuentra pendiente de cumplimiento, y la Corte queda a la espera de recibir información
actualizada sobre su implementación.
B. Campaña de concientización y sensibilización sobre la importancia de la
labor de las personas defensoras del medio ambiente
B.1. Medida ordenada por la Corte y supervisión realizada en resolución anterior
6.
En el punto resolutivo décimo cuarto y en el párrafo 214 de la Sentencia, la Corte
dispuso que, en el plazo de dos años a partir de su notificación, el Estado debía ejecutar
una campaña nacional de concientización y sensibilización, dirigida a “funcionarios de
seguridad, operadores de justicia y población general”, sobre la importancia de “la labor
que realizan los defensores del medio ambiente en Honduras y de sus aportes en la
defensa de los derechos humanos”.
7.
En la Resolución de agosto de 2017, la Corte se refirió a las acciones realizadas
por el Estado10 y consideró que las mismas “implican un avance en el cumplimiento”;
sin embargo, estimó que “Honduras no ha[bía] logrado demostrar cómo las mismas
formaban parte de una campaña nacional en los términos establecidos en la Sentencia”
y que “se requ[ería] que cumpl[iera] con la medida de forma completa, de manera que
la difusión alcance una mayor cantidad de personas a nivel nacional”. Por ello, para
evaluar el cumplimiento total de la reparación, el Tribunal consideró pertinente requerir
al Estado que presentara determinada información11.
B.2. Consideraciones de la Corte
8.
Con base en la información aportada por las partes, el Tribunal nota que el Estado
efectuó actividades adicionales para ejecutar de forma completa esta reparación, y toma
en cuenta que las representantes de las víctimas consideran que con las mismas el
Del 5 al 10 de diciembre de 2011, Honduras realizó el “Primer Congreso Nacional en Justicia y
Derechos Humanos”, en memoria de la señora Kawas Fernández. Asimismo, en enero y febrero de 2015 llevó
a cabo, en seis departamentos del país, un “Taller para las Defensores/as y la importancia de la labor que
realizan en la Defensa, Aportes y Protección del Medio Ambiente, Áreas Protegidas y Derechos Humanos en
Honduras”. Finalmente, en 2016, el Estado elaboró “un sello postal conmemorativo de la señora Kawas
Fernández y de la labor de los defensores del medio ambiente en Honduras”, así como un documental sobre
la obra de la víctima y “sus aportes a la defensa del ambiente como un derecho humano”, los cuales fueron
presentados el 19 de julio de 2016 en un “evento conmemorativo [de] los defensores de derechos humanos
del medio ambiente”.
11
La Corte le solicitó “un informe actualizado y detallado sobre: a) cómo las medidas ya realizadas por
Honduras han tenido un alcance nacional y, en particular, cómo han sido diseñadas para concientizar, en
particular, a funcionarios de seguridad y operadores de justicia; b) las acciones que tomará de manera
inmediata para retomar o replantear la ejecución de las acciones relativas a dar difusión al documental sobre
la obra de la señora Kawas Fernández, así como producir y difundir espacios radiales y de televisión que
permitan concientizar y sensibilizar a la sociedad sobre la importancia de la labor que realizan las personas
defensoras del medio ambiente en Honduras, en los términos indicados por el Estado en su informe de mayo
de 2012 […]; c) la duración que tendrán las nuevas acciones a ser planteadas, el público meta al cual estarán
dirigidas, según fue establecido en la Sentencia, y los medios de comunicación mediante los cuales se buscará
alcanzar a cada público, y d) las autoridades encargadas de ejecutar de manera inmediata las referidas
acciones, tomando en consideración que han transcurrido más de seis años desde el vencimiento del plazo
para ejecutar esta medida”.
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