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conflictos en la administración en una escuela comunitaria (supra párr. 215), no obstante que
durante la investigación se recopilaron los siguientes indicios respecto del móvil:
a) De manera constante en declaraciones de 20, 22 y 23 de diciembre de 2004, y 25 de
enero, 10 de febrero y 11 de mayo de 2005 y ante las autoridades que tuvieron a cargo la
investigación de los hechos, B.A. sostuvo que la muerte del señor A.A. se debió a
cuestiones políticas y sindicó a L.L. y M.M. como responsables de los hechos. Al respecto,
explicó que L.L., “ex miembro del Ejército de Guatemala”, “era Presidente del Comité de
la Escuela de Autogestión Comunitaria República de México y fue despedido por mal
manejo de fondos”, por tanto, A.A. asumió dicho cargo. Indicó que el día de la referida
destitución, en noviembre de 2003 y estando en un velorio en compañía de varios
conocidos, L.L. la amenazó, vía telefónica a su celular, a ella, a su papá y a su hijo. Por su
parte, M.M., “quien trabajaba con el partido Frente Republicano Guatemalteco (FRG)”, “se
tomaba atribuciones que no le correspondían” cuando A.A. ejercía como “Alcalde
Comunitario del Cruce de la Esperanza” 332.
b) El 23 de diciembre de 2004 y ante el Investigador asignado de la Procuraduría de los
Derechos Humanos, el entonces Alcalde Municipal de Santa Lucía Cotzumalguapa señaló
que A.A. como Alcalde Comunitario “tu[v]o varios problemas con un señor llamado
[M.M.][,] quien recientemente se tomaba atribuciones de Alcalde Auxiliar que no le
correspond[ían] porque el Alcalde Auxiliar era [A.A.]”, y que el señor M.M. “[era]
simpatizante y trabaja[ba] en el partido Político FRG y el señor [A.A.] lo destituy[ó] de su
cargo autonombrado que desempeñaba y por eso fueron las diferencias entre ellos” 333.
Cabe señalar que el expediente de la investigación realizada por la Procuraduría hace
parte del expediente de la investigación penal (supra párr. 122).
c) La pareja sentimental de E.A., al ser entrevistado el 20 de enero de 2005 por el
Investigador de la DICRI, señaló que “los únicos problemas que tenía [el señor A.A.] era
con el señor […][L.L.]”, y que los problemas iniciaron cuando A.A. “fue Presidente del
Comité de la Aldea Cruce La Esperanza, y Fundador de la Escuela de Autogestión
Comunitaria República de México de dicha aldea”. Manifestó que “[a]proximadamente en
el año 2001, el señor [L.L.] fue nombrado Presidente del Comité, y antes que se le
terminara el período de entrega [...] se le hizo una auditoría, y se le encontraron
anomalías y fue sacado de inmediato por los vecinos”. Dicha Presidencia la había asumido
A.A. y “desde ese entonces el señor [L.L.] lo había llevado mal, incluso el día que éste fue
destituido del [C]omité, ya casi entrada la noche, cuando se encontraban en un velorio
acompañado de la señora [B.A.]”, ésta “le dijo que estaba asustada en vista que el señor
[L.L.], le había hecho una llamada telefónica donde la amenazaba a ella a su hijo y al
ahora fallecido”. Agregó que en la aldea “hay una persona de nombre [M.M.], que
mantiene una estrecha comunicación con el señor [L.L.], y él también le tenía envidia al
fallecido” 334.
d) Un vecino de la localidad, al ser entrevistado el 20 de enero de 2005 por el
Investigador de la DICRI, manifestó que “[L.L.][…] siempre llevaba mal al fallecido, en
vista que el señor [A.A.] […] fue Presidente del Comité y fundador de la Escuela. Después
de entregar el cargo, fue nombrado como Presidente el señor [L.L.] pero antes que se le
332
Cfr. Entrevista a B.A. realizada por el agente investigador asignado del Servicio de Investigación Criminal de la
Comisaría 31 de la Policía Nacional Civil de Escuintla el 21 de diciembre de 2004 (expediente de anexos al escrito de
sometimiento, folios 916 a 918); Denuncia realizada por B.A. de manera anónima el 22 de diciembre de 2004
(expediente de anexos al escrito de sometimiento, folios 896 y 897); Entrevista a B.A. realizada por el Investigador
asignado de la Procuraduría de los Derechos Humanos el 23 de diciembre de 2004 (expediente de anexos al escrito de
sometimiento, folios 901 a 905); Entrevista a B.A. realizada por el Investigador de la DICRI el 25 de enero de 2005
(expediente de anexos al escrito de sometimiento, folios 1060 a 1065); Declaración de B.A.realizada ante la Auxiliar de
la Fiscalía Distrital de Santa Lucía Cotzumalguapa el 10 de febrero de 2005 (expediente de anexos al escrito de
sometimiento, folios 821 a 825), y Declaración de B.A. realizada ante el Auxiliar de la Fiscalía de Derechos Humanos de
11 de mayo de 2005 (expediente de anexos al escrito de sometimiento, folios 868 a 870).
333
Cfr. Memorando de investigación de 23 de diciembre de 2004 realizado por el Investigador asignado de la
Procuraduría de los Derechos Humanos (expediente de anexos al escrito de sometimiento, folios 901 a 905).
334
Cfr. Informe de 5 de abril de 2006 presentado al Fiscal del Distrito Adjunto de la Fiscalía de Santa Lucía
Cotzumalguapa (expediente de anexos al escrito de sometimiento, folios 1060 a 1065).
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