4.
Solicitud de la Comisión. – Con base en lo anterior, solicitó a la Corte que concluya y
declare la responsabilidad internacional de Argentina por la violación a los derechos indicados
en las conclusiones del Informe de Fondo. Adicionalmente, solicitó a la Corte que ordene al
Estado determinadas medidas de reparación (infra Capítulo VII).
II.
PROCEDIMIENTO ANTE LA CORTE
5.
Notificación al Estado y al representante3. – El sometimiento del caso fue notificado al
representante y al Estado el 30 de julio de 2018.
6.
Solicitud de Medidas Provisionales. – El 31 de julio de 2018, el representante de la
presunta víctima presentó una solicitud de medidas provisionales a favor del señor Romero
Feris. La Presidencia de la Corte consideró que la información proporcionada por el
representante y el Estado no permite establecer la existencia de una situación de extrema
gravedad o urgencia respecto a los problemas de salud que alegaba padecer el señor Romero
Feris4.
7.
Escrito de solicitudes, argumentos y pruebas. – El 14 de septiembre de 2018, el
representante presentó su escrito de solicitudes, argumentos y pruebas (en adelante, “escrito
de solicitudes y argumentos”), en los términos de los artículos 25 y 40 del Reglamento de la
Corte.
8.
Escrito de contestación5. – El 16 de noviembre de 2018, el Estado presentó su escrito
de contestación al sometimiento del caso y al escrito de solicitudes y argumentos (en
adelante, “contestación” o “escrito de contestación”).
9.
Audiencia pública.– Mediante la Resolución de 18 de marzo de 2019, el Presidente de
la Corte convocó a las partes y a la Comisión a una audiencia pública que fue celebrada el día
8 de mayo de 2019, durante el 60º Período Extraordinario de Sesiones de la Corte, el cual
tuvo lugar en la ciudad de Montevideo, Uruguay6.
10.
Alegatos y observaciones finales escritos. – El 10 de junio de 2019, el Estado, el
representante y la Comisión presentaron sus escritos de alegatos finales escritos y de
observaciones finales escritas.
11.
Deliberación del presente caso. – La Corte inició la deliberación de la presente
Sentencia el 15 de octubre de 2019.
3
El representante de la presunta víctima es Luis Alberto Feris.
Cfr. Caso Romero Feris Vs. Argentina. Solicitud de Medidas Provisionales. Resolución del Presidente de la
Corte Interamericana de Derechos Humanos de 22 de agosto de 2018.
4
5
El Estado designó como Agente para el presente caso a Alberto Javier Salgado, y como Agente alterno a
Ramiro Cristóbal Badía.
A esta audiencia comparecieron: a) por la Comisión Interamericana: Erick Acuña Pereda; b) por el
representante: Luis Alberto Feris, Jose María Baricco y Jose María Arrieta, y c) por el Estado de Argentina: Alberto
Javier Salgado, Ramiro Cristóbal Badía y Gonzalo Bueno. En la audiencia se recibió la declaración de la presunta
víctima por medio de video conferencia.
6
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