4. Solicitud de la Comisión. – Con base en lo anterior, solicitó a la Corte que concluya y declare la responsabilidad internacional de Argentina por la violación a los derechos indicados en las conclusiones del Informe de Fondo. Adicionalmente, solicitó a la Corte que ordene al Estado determinadas medidas de reparación (infra Capítulo VII). II. PROCEDIMIENTO ANTE LA CORTE 5. Notificación al Estado y al representante3. – El sometimiento del caso fue notificado al representante y al Estado el 30 de julio de 2018. 6. Solicitud de Medidas Provisionales. – El 31 de julio de 2018, el representante de la presunta víctima presentó una solicitud de medidas provisionales a favor del señor Romero Feris. La Presidencia de la Corte consideró que la información proporcionada por el representante y el Estado no permite establecer la existencia de una situación de extrema gravedad o urgencia respecto a los problemas de salud que alegaba padecer el señor Romero Feris4. 7. Escrito de solicitudes, argumentos y pruebas. – El 14 de septiembre de 2018, el representante presentó su escrito de solicitudes, argumentos y pruebas (en adelante, “escrito de solicitudes y argumentos”), en los términos de los artículos 25 y 40 del Reglamento de la Corte. 8. Escrito de contestación5. – El 16 de noviembre de 2018, el Estado presentó su escrito de contestación al sometimiento del caso y al escrito de solicitudes y argumentos (en adelante, “contestación” o “escrito de contestación”). 9. Audiencia pública.– Mediante la Resolución de 18 de marzo de 2019, el Presidente de la Corte convocó a las partes y a la Comisión a una audiencia pública que fue celebrada el día 8 de mayo de 2019, durante el 60º Período Extraordinario de Sesiones de la Corte, el cual tuvo lugar en la ciudad de Montevideo, Uruguay6. 10. Alegatos y observaciones finales escritos. – El 10 de junio de 2019, el Estado, el representante y la Comisión presentaron sus escritos de alegatos finales escritos y de observaciones finales escritas. 11. Deliberación del presente caso. – La Corte inició la deliberación de la presente Sentencia el 15 de octubre de 2019. 3 El representante de la presunta víctima es Luis Alberto Feris. Cfr. Caso Romero Feris Vs. Argentina. Solicitud de Medidas Provisionales. Resolución del Presidente de la Corte Interamericana de Derechos Humanos de 22 de agosto de 2018. 4 5 El Estado designó como Agente para el presente caso a Alberto Javier Salgado, y como Agente alterno a Ramiro Cristóbal Badía. A esta audiencia comparecieron: a) por la Comisión Interamericana: Erick Acuña Pereda; b) por el representante: Luis Alberto Feris, Jose María Baricco y Jose María Arrieta, y c) por el Estado de Argentina: Alberto Javier Salgado, Ramiro Cristóbal Badía y Gonzalo Bueno. En la audiencia se recibió la declaración de la presunta víctima por medio de video conferencia. 6 -4-

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