refieren únicamente a un derecho que protege la vida del ser que ha nacido vivo y no al no nacido”. 167. El Estado alegó que “la evidencia científica […] demuestra que el inicio de la vida humana comienza con la concepción o lo que es lo mismo con la fertilización o fecundación”, la cual ocurre cuando “las membranas de las células del esperma y del óvulo se fusionan”. TIII 462 Consideró que “[c]ientíficamente wl cigoto [y] un adulto son equivalentes [por ser] organismos humanos completos en diferentes etapas del ciclo humano”. Agregó que el cigoto “no es simplemente una célula humana […] sino un nuevo ser humano”, que “alberga todas las instrucciones necesarias para construir el cuerpo humano, el cual inmediatamente inicia una compleja secuencia de eventos que establece las condiciones moleculares para el continuo proceso de desarrollo embrionario” y “por divisiones sucesivas y diferenciación formará cada una de la células presentes en el embrión, feto, recién nacido, niño y adulto”. Asimismo, aseveró que se debe “prote[ger] al más vulnerable de odos los seres humanos: el embrión y reconocer su dignidad intrínseca más allá de su vinculación con el útero materno”. Concluyó que “si el embrión humano es […] un ser humano, de conformidad con la misma definición que da el artículo 1.2. [de la Convención], el embrión humano es persona”. 168. Respecto a una interpretación teleológica, el Estado argumentó que “si bien en el momento de elaborar la Convención Americana en 1968 no se tenía certeza de cuándo ocurría la concepción, y no existía la [FIV], es claro que la norma obliga a los Estados a proteger la vida humana desde su etapa embrionaria más temprana”, dado que “la intención de la mayoría de los Estados del sistema interamericano siempre fue proteger la vida humana desde [el] momento de la concepción”, por lo que los “términos de `concepción´ y `fecundación´ deben ser tratados como sinónimos”. Arguyó que del proceso de aprobación de la Convención Americana “se desprende claramente que no es cierto que la intención de los Estados no haya sido la protección de la vida desde la concepción, pues más bien ese fue el objetivo buscado al aprobarse la norma, a diferencia de lo que había ocurrido años atrás al emitirse la Declaración Americana”. Alegó que la interpretación de la palabra “concepción” no puede realizarse mediante referencia al Diccionario de la Real Academia de la Lengua Española, por no ser “la literatura de referencia que normalmente se utiliza para entender términos científicos”, tampoco se “ha actualizado la definición de concepción conforme los avances científicos desde 1947” y una “interpretación de esta naturaleza tiene un carácter restrictivo, lo cual no es permitido por el artículo 29.1 de la Convención”. Por otra parte, argumentó que “la frase `en general´ únicamente está pensada para casos excepcionales como la legítima defensa, el riesgo de muerte de la madre o el aborto involuntario”. 169. En cuanto a otros tratados internacionales de derechos humanos, el Estado señaló que la Declaración Universal de Derechos Humanos “protege al ser humano desde su individualidad, la cual puede determinarse desde el momento de la unión del óvulo y el espermatozoide” y que el “Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos […] reconoce la vida del embrión de manera independiente a la de su madre”. Agregó que el “derecho a la vida de forma absoluta ha sido admitid[o …] incluso por el Comité de Derechos Humanos”, y que la Convención sobre los Derechos del Niño protege “[a]l niño incluso antes de nacer” . Sobre este último tratado, alegó que “los Estados convinieron en que el concepto [de niño] debería tener tal amplitud, que permitiera que los países que optaran por dar protección a los menores [de edad] desde antes de su nacimiento, pudieran por ser parte del instrumento internacional sin tener que modificar su respectiva legislación”, por lo que argumentó que existe “un margen de apreciación a efectos de otorgar la condición de niño a los menores no nacidos”, como lo hace la normativa costarricense sobre la materia.

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