-4participaciones e intervenciones en contra de determinadas políticas y actuaciones
emprendidas por el gobierno de Nicaragua y los sectores que representa.
Que valoró diversos factores de riesgo ocurridos antes de la privación de la libertad de
los solicitantes. Estos factores incluyeron amenazas de muerte hacia los solicitantes y
sus familiares, seguimiento de motorizados o camionetas con personas no
identificadas, agresiones dentro y fuera de las manifestaciones por agentes estatales
o grupos presuntamente ajenos al gobierno, agresiones a familiares cercanos, ingresos
no autorizados a domicilios de las personas o sus familiares, campañas de
estigmatización o difamación con miras a crear un clima de hostilidad contra las
personas tildándolas de “terroristas” o “golpistas” a través de diversos medios de
difusión, entre otros. Estos factores de riesgo tenían características específicas en
relación con periodistas y líderes campesinos.
Que en sus labores de monitoreo realizadas por el Mecanismo de Seguimiento para
Nicaragua (MESENI), recibió información consistente según la cual el Estado desplegó
una actividad dirigida a reprimir la protesta social, en la cual se produjeron los
principales eventos de violencia en contra de la población nicaragüense.
Posteriormente, se identificó una segunda etapa que consistió en una estrategia de
persecución judicial y criminalización contra las personas percibidas como opositoras
al régimen, manifestantes, estudiantes, activistas, defensores de derechos humanos y
periodistas. Las personas detenidas fueron llevadas inicialmente a la Dirección de
Auxilio Judicial en Managua conocido como “El Chipote” y, finalmente, a las cárceles
de “La Esperanza” y “La Modelo”.
Que existió una instauración generalizada de procesos penales por los delitos de
terrorismo, crimen organizado y entorpecimiento de servicios públicos, que existió una
práctica generalizada de dictar prisión preventiva de forma automática en estos casos,
y que se reportó la reforma del tipo penal de terrorismo y la creación de otros delitos
mediante la Ley No 977 contra el lavado de activos, el financiamiento al terrorismo y
el financiamiento a la proliferación de armas de destrucción masiva, cuya redacción
permitiría una aplicación subjetiva de los mismos. En este contexto de criminalización
fue que se identificaron las detenciones de los diecisiete solicitantes.
b.
Las precarias condiciones de detención y restricciones que encuentran los
solicitantes
Que las condiciones de detención son precarias y reflejan una serie de restricciones
para el acceso a alimentos, tratamiento médico y visitas de parte de familiares y
representantes legales. Los 11 solicitantes varones privados de libertad en la cárcel
“La Modelo” se encuentran en condiciones de “máxima seguridad” o con severas
limitaciones: celdas pequeñas, temperaturas severamente altas que causan sofocación
y afecciones en la piel, condiciones de higiene altamente precarias, existencia de
ambientes totalmente oscuros sin corriente de aire, ausencia de energía eléctrica y
acceso continuo a agua potable. En tales espacios existiría presencia de mosquitos,
cucarachas y alacranes, que en algunos casos habrían picado a algunos solicitantes.
Que en términos generales no se les permitiría a los solicitantes varones salir a tomar
la luz del día o a respirar aire en espacios abiertos, por lo que permanecen
prácticamente todo el tiempo en sus celdas. Algunas celdas son tan calurosas que son
conocidas como “El Infiernillo” o “Infiernito”, y en muchos de los casos de las personas
identificadas, los agentes del Estado los tendrían en celdas de castigo por tiempos
prolongados e, incluso, hasta totalmente aislados. Esta situación ha tenido un impacto