-4participaciones e intervenciones en contra de determinadas políticas y actuaciones emprendidas por el gobierno de Nicaragua y los sectores que representa. Que valoró diversos factores de riesgo ocurridos antes de la privación de la libertad de los solicitantes. Estos factores incluyeron amenazas de muerte hacia los solicitantes y sus familiares, seguimiento de motorizados o camionetas con personas no identificadas, agresiones dentro y fuera de las manifestaciones por agentes estatales o grupos presuntamente ajenos al gobierno, agresiones a familiares cercanos, ingresos no autorizados a domicilios de las personas o sus familiares, campañas de estigmatización o difamación con miras a crear un clima de hostilidad contra las personas tildándolas de “terroristas” o “golpistas” a través de diversos medios de difusión, entre otros. Estos factores de riesgo tenían características específicas en relación con periodistas y líderes campesinos. Que en sus labores de monitoreo realizadas por el Mecanismo de Seguimiento para Nicaragua (MESENI), recibió información consistente según la cual el Estado desplegó una actividad dirigida a reprimir la protesta social, en la cual se produjeron los principales eventos de violencia en contra de la población nicaragüense. Posteriormente, se identificó una segunda etapa que consistió en una estrategia de persecución judicial y criminalización contra las personas percibidas como opositoras al régimen, manifestantes, estudiantes, activistas, defensores de derechos humanos y periodistas. Las personas detenidas fueron llevadas inicialmente a la Dirección de Auxilio Judicial en Managua conocido como “El Chipote” y, finalmente, a las cárceles de “La Esperanza” y “La Modelo”. Que existió una instauración generalizada de procesos penales por los delitos de terrorismo, crimen organizado y entorpecimiento de servicios públicos, que existió una práctica generalizada de dictar prisión preventiva de forma automática en estos casos, y que se reportó la reforma del tipo penal de terrorismo y la creación de otros delitos mediante la Ley No 977 contra el lavado de activos, el financiamiento al terrorismo y el financiamiento a la proliferación de armas de destrucción masiva, cuya redacción permitiría una aplicación subjetiva de los mismos. En este contexto de criminalización fue que se identificaron las detenciones de los diecisiete solicitantes. b. Las precarias condiciones de detención y restricciones que encuentran los solicitantes Que las condiciones de detención son precarias y reflejan una serie de restricciones para el acceso a alimentos, tratamiento médico y visitas de parte de familiares y representantes legales. Los 11 solicitantes varones privados de libertad en la cárcel “La Modelo” se encuentran en condiciones de “máxima seguridad” o con severas limitaciones: celdas pequeñas, temperaturas severamente altas que causan sofocación y afecciones en la piel, condiciones de higiene altamente precarias, existencia de ambientes totalmente oscuros sin corriente de aire, ausencia de energía eléctrica y acceso continuo a agua potable. En tales espacios existiría presencia de mosquitos, cucarachas y alacranes, que en algunos casos habrían picado a algunos solicitantes. Que en términos generales no se les permitiría a los solicitantes varones salir a tomar la luz del día o a respirar aire en espacios abiertos, por lo que permanecen prácticamente todo el tiempo en sus celdas. Algunas celdas son tan calurosas que son conocidas como “El Infiernillo” o “Infiernito”, y en muchos de los casos de las personas identificadas, los agentes del Estado los tendrían en celdas de castigo por tiempos prolongados e, incluso, hasta totalmente aislados. Esta situación ha tenido un impacto

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