9 costos concretos relacionados con la producción de prueba durante el proceso ante la Corte”. 9. Contestación del Estado.- El 10 de febrero de 2013 el Estado presentó ante la Corte su escrito de interposición de excepciones preliminares, contestación al sometimiento del caso y de observaciones al escrito de solicitudes y argumentos (en adelante “escrito de contestación”). El Estado planteó las siguientes excepciones preliminares: a) “Inadmisibilidad d[el caso] por falta de agotamiento de los recursos internos”; b) “Inadmisibilidad parcial d[el caso] por incompetencia ratione temporis para conocer de cierta parte del marco fáctico d[el caso]”, y c) “Inadmisibilidad parcial ratione personae d[el caso] en relación con los miembros de la familia Jean”. Aparte indicó dos “asuntos previos”, que no señaló como excepciones preliminares, a saber: a) “la falta de calidad de ciertos peticionarios para ser considerados como presuntas víctimas en este caso”, y b) “la inadmisibilidad ratione materiae de la demanda respecto de los presuntos hechos y actos alegados por los representantes que no fueron acreditados por la C[omisión] en su marco fáctico”. En ese escrito el Estado, inter alia, se refirió a la solicitud de los representantes de acogerse al Fondo de Asistencia. El 1 de octubre de 2012 el Estado informó sobre la designación del señor Néstor Cerón Suero como Agente y del señor Santo Miguel Román como Agente Alterno, así como la designación de cuatro asesores legales: el señor José Marcos Iglesias Iñigo, la señora Gina Salime Frías Pichardo, el señor Marino Vinicio Castillo Hernández y al señor José Casado-Liberato. 10. Aplicación del Fondo de Asistencia Legal.- Mediante Resolución de 1 de marzo de 2013 el Presidente de la Corte (en adelante también “el Presidente”) declaró procedente la solicitud presentada por las presuntas víctimas, a través de sus representantes, para acogerse al Fondo de Asistencia Legal de Víctimas 13. 11. Excepciones Preliminares.- Mediante los escritos recibidos el 5 de julio de 2013, los representantes y la Comisión presentaron sus observaciones a las excepciones preliminares interpuestas por el Estado y solicitaron que se rechacen. Además señalaron que los argumentos del Estado no constituyen “asuntos previos”. 12. Audiencia pública.- Mediante Resolución de 6 de septiembre de 2013 14, el Presidente convocó a las partes a una audiencia pública y ordenó, entre otros, recibir diversas declaraciones rendidas ante fedatario público (affidávit) 15 (infra párr. 111). La audiencia pública fue celebrada los días 8 y 9 de octubre de 2013 durante el 48 Período Extraordinario de Sesiones de la Corte (en adelante también “la audiencia pública”), el 13 Cfr. Resolución del Presidente de la Corte. Caso Tide Méndez y otros Vs. República Dominicana. Fondo de Asistencia Legal de Víctimas de 1 de marzo de 2013. Disponible en: http://joomla.corteidh.or.cr:8080/joomla/es/jurisprudencia-oc-avanzado/38-jurisprudencia/1983-resolucion-delpresidente-de-la-corte-interamericana-de-derechos-humanos-caso-tide-mendez-y-otros-vs-republicadominicana-fondo-de-asistencia-legal-de-victimas-de-1-de-marzo-de-2013 14 Cfr. Resolución del Presidente de la Corte de 6 de septiembre de 2013. Disponible en: http://joomla.corteidh.or.cr:8080/joomla/component/content/article/38-Jurisprudencia/2081-corte-idh-caso-tidemendez-y-otros-vs-republica-dominicana-resolucion-del-presidente-de-la-corte-interamericana-de-derechoshumanos-de-06-de-septiembre-de-2013 . Mediante Resolución del Presidente de la Corte de 11 de septiembre de 2013 se resolvió modificar el considerando sexágesimo quinto y el punto resolutivo duodécimo de la Resolución del Presidente de la Corte de 6 de septiembre de 2013. Disponible en: http://www.corteidh.or.cr/docs/asuntos/mendez_fv_13_2.pdf 15 Cfr. Resolución del Presidente de la Corte de 6 de septiembre de 2013. Con posterioridad, a la solicitud del Estado, los representantes y la Comisión se prorrogó el plazo, que originalmente había sido establecido para el 25 de septiembre de 2013, para que el 1 de octubre de 2013 las partes y la Comisión presentaran los affidávits ordenados en dicha Resolución.

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