como “enemigo interno”, bajo la justificación de luchar contra la amenaza comunista y la
subversión. Además, durante la década de 1990 tuvo aplicación en Colombia la doctrina militar
sobre el enemigo interno político, que hacía uso de prácticas irregulares e incluía “disidentes
sociales” y “partidos políticos de izquierda”*8, dentro de los cuales, estaban incluidos los
militantes del PCC-ML. El Centro Nacional de Memoria Histórica aseveró que “el concepto de
enemigo interno de la Doctrina de la Seguridad Nacional y empleado por las Fuerzas Armadas
colombianas rebasó ampliamente el espectro de los grupos guerrilleros y se extendió a toda
forma de oposición política o social y de disidencia, incluyendo al movimiento sindical”*?.
64.
De acuerdo con información señalada por Relatores de la Organización de las Naciones
Unidas, en el período de julio de 1993 a junio de 1994, más de 4.000 personas resultaron
muertas por motivos políticos o ideológicos. También expresaron datos que indican que, entre
enero de 1993 y marzo de 1994, se atribuyó conjuntamente a miembros de las fuerzas de
seguridad del Estado (50,28%) y grupos paramilitares (18,98%) casi el 70% de las presuntas
ejecuciones extrajudiciales, sumarias o arbitrarias”. En 1994, en su Tercer Informe sobre
Derechos Humanos, la Procuraduría General señaló que las violaciones habían sido tan
numerosas, frecuentes y graves en los últimos años que no podían tratarse como si fuesen meros
casos aislados o individuales de mala conducta por parte de oficiales de graduación media o
inferior, sin imputar ninguna responsabilidad política a la jerarquía civil y militar”?,
A.2 Las desapariciones forzadas
65.
En el marco de la aplicación de la doctrina de la seguridad nacional, se utilizó la
desaparición forzada como método de represión de sectores focalizados como enemigo interno,
pues se trataba de un método represivo que buscaba no dejar rastros, generando incluso la
apariencia de ausencia de víctimas”?,
66.
El Observatorio de Memoria y Conflicto del Centro Nacional de Memoria Histórica ha
estimado 60.630 desapariciones en Colombia entre 1970 y 2015”, Por su parte, el Grupo de
Trabajo sobre Desapariciones Forzadas o Involuntarias, en 1998, indicó haber informado al
48
Declaración oral del perito Alberto Yepes Palacio durante la audiencia pública de 15 de febrero de 2022. La
“irregularidad”, conforme al perito, abarcaba objetivos y métodos, de forma tal que se identificaba a “organizaciones
civiles (incluyendo partidos políticos, sindicatos y organizaciones sociales) como órganos del movimiento insurgente y,
por lo tanto, blanco de operaciones militares”, y ataques incluso por “métodos clandestinos y secretos”. Afirmó que, a
su vez, la acción de “contrainsurgencia” estuvo “calificada por el énfasis sobre la inteligencia como esencial para enfrentar
al enemigo”, presentándose un involucramiento del “sector de inteligencia”, que se encontraba poco regulado y
controlado, en acciones “ofensivas”, incluso clandestinas y “sucias”. Señaló también que “[d]esde mediados de los años
80, y particularmente desde el fracaso del proceso de paz bajo el Gobierno de Belisario Betancur, que culminó con los
sucesos de la toma y violenta retoma del Palacio de Justicia, se incrementó en Colombia una práctica creciente de
eliminación de militantes políticos y activistas de organizaciones de izquierda”.
49
Centro Nacional de Memoria Histórica. Desaparición forzada Tomo II: Huellas y rostros de la desaparición
forzada (1970- 2010). Bogotá: Imprenta Nacional, 2013 (expediente de prueba, anexo 32 al escrito de contestación,
fs. 8635 a 9081).
50
Naciones Unidas. Consejo Económico y Social. Comisión de Derechos Humanos. Informe del Relator Especial
encargado de la cuestión de la tortura, Sr. Nigel S. Rodley, y del Relator Especial encargado de la cuestión de las
ejecuciones extrajudiciales, sumarias o arbitrarias, Sr. Bacre Waly Ndiaye, de 19 de enero de 1995. Doc.
E/CN. 4/1995/111. (expediente de prueba, anexo 11 al escrito de solicitudes y argumentos, fs.3046 a 3091).
Cfr. Caso Villamizar Durán y otros Vs. Colombia, supra, párr. 59.
52
Declaración oral del perito Alberto Yepes Palacio durante la audiencia pública de 15 de febrero de 2022.
53
Centro Nacional de Memoria Histórica (2016), Hasta encontrarlos. El drama de la desaparición
forzada en Colombia (prueba documental incorporada de oficio, supra párr. 56). El perito Yepes, citando datos de una
publicación de 2013 del mismo Centro Nacional de Memoria Histórica, señaló que “[Ila información sobre presuntos
responsables es precaria, pero [...] de los casos en los cuales se ha podido documentar el presunto responsable un
42.1% de los casos corresponde a la Fuerza Pública, un 41.8 % a los paramilitares, un 19.9% correspondería a otros
grupos armados y un 2.3% del total seria atribuible a las guerrillas” (Versión escrita de la declaración pericial de Alberto
Yepes Palacio (expediente de prueba, fs. 10506 a 10553).
19