como “enemigo interno”, bajo la justificación de luchar contra la amenaza comunista y la subversión. Además, durante la década de 1990 tuvo aplicación en Colombia la doctrina militar sobre el enemigo interno político, que hacía uso de prácticas irregulares e incluía “disidentes sociales” y “partidos políticos de izquierda”*8, dentro de los cuales, estaban incluidos los militantes del PCC-ML. El Centro Nacional de Memoria Histórica aseveró que “el concepto de enemigo interno de la Doctrina de la Seguridad Nacional y empleado por las Fuerzas Armadas colombianas rebasó ampliamente el espectro de los grupos guerrilleros y se extendió a toda forma de oposición política o social y de disidencia, incluyendo al movimiento sindical”*?. 64. De acuerdo con información señalada por Relatores de la Organización de las Naciones Unidas, en el período de julio de 1993 a junio de 1994, más de 4.000 personas resultaron muertas por motivos políticos o ideológicos. También expresaron datos que indican que, entre enero de 1993 y marzo de 1994, se atribuyó conjuntamente a miembros de las fuerzas de seguridad del Estado (50,28%) y grupos paramilitares (18,98%) casi el 70% de las presuntas ejecuciones extrajudiciales, sumarias o arbitrarias”. En 1994, en su Tercer Informe sobre Derechos Humanos, la Procuraduría General señaló que las violaciones habían sido tan numerosas, frecuentes y graves en los últimos años que no podían tratarse como si fuesen meros casos aislados o individuales de mala conducta por parte de oficiales de graduación media o inferior, sin imputar ninguna responsabilidad política a la jerarquía civil y militar”?, A.2 Las desapariciones forzadas 65. En el marco de la aplicación de la doctrina de la seguridad nacional, se utilizó la desaparición forzada como método de represión de sectores focalizados como enemigo interno, pues se trataba de un método represivo que buscaba no dejar rastros, generando incluso la apariencia de ausencia de víctimas”?, 66. El Observatorio de Memoria y Conflicto del Centro Nacional de Memoria Histórica ha estimado 60.630 desapariciones en Colombia entre 1970 y 2015”, Por su parte, el Grupo de Trabajo sobre Desapariciones Forzadas o Involuntarias, en 1998, indicó haber informado al 48 Declaración oral del perito Alberto Yepes Palacio durante la audiencia pública de 15 de febrero de 2022. La “irregularidad”, conforme al perito, abarcaba objetivos y métodos, de forma tal que se identificaba a “organizaciones civiles (incluyendo partidos políticos, sindicatos y organizaciones sociales) como órganos del movimiento insurgente y, por lo tanto, blanco de operaciones militares”, y ataques incluso por “métodos clandestinos y secretos”. Afirmó que, a su vez, la acción de “contrainsurgencia” estuvo “calificada por el énfasis sobre la inteligencia como esencial para enfrentar al enemigo”, presentándose un involucramiento del “sector de inteligencia”, que se encontraba poco regulado y controlado, en acciones “ofensivas”, incluso clandestinas y “sucias”. Señaló también que “[d]esde mediados de los años 80, y particularmente desde el fracaso del proceso de paz bajo el Gobierno de Belisario Betancur, que culminó con los sucesos de la toma y violenta retoma del Palacio de Justicia, se incrementó en Colombia una práctica creciente de eliminación de militantes políticos y activistas de organizaciones de izquierda”. 49 Centro Nacional de Memoria Histórica. Desaparición forzada Tomo II: Huellas y rostros de la desaparición forzada (1970- 2010). Bogotá: Imprenta Nacional, 2013 (expediente de prueba, anexo 32 al escrito de contestación, fs. 8635 a 9081). 50 Naciones Unidas. Consejo Económico y Social. Comisión de Derechos Humanos. Informe del Relator Especial encargado de la cuestión de la tortura, Sr. Nigel S. Rodley, y del Relator Especial encargado de la cuestión de las ejecuciones extrajudiciales, sumarias o arbitrarias, Sr. Bacre Waly Ndiaye, de 19 de enero de 1995. Doc. E/CN. 4/1995/111. (expediente de prueba, anexo 11 al escrito de solicitudes y argumentos, fs.3046 a 3091). Cfr. Caso Villamizar Durán y otros Vs. Colombia, supra, párr. 59. 52 Declaración oral del perito Alberto Yepes Palacio durante la audiencia pública de 15 de febrero de 2022. 53 Centro Nacional de Memoria Histórica (2016), Hasta encontrarlos. El drama de la desaparición forzada en Colombia (prueba documental incorporada de oficio, supra párr. 56). El perito Yepes, citando datos de una publicación de 2013 del mismo Centro Nacional de Memoria Histórica, señaló que “[Ila información sobre presuntos responsables es precaria, pero [...] de los casos en los cuales se ha podido documentar el presunto responsable un 42.1% de los casos corresponde a la Fuerza Pública, un 41.8 % a los paramilitares, un 19.9% correspondería a otros grupos armados y un 2.3% del total seria atribuible a las guerrillas” (Versión escrita de la declaración pericial de Alberto Yepes Palacio (expediente de prueba, fs. 10506 a 10553). 19

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