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discriminación, culturalmente enraizada en la sociedad guatemalteca”, y ha enmarcado tal
violencia en un contexto de discriminación contra las mujeres en Guatemala en diversos
ámbitos89. En forma acorde se ha expresado el Órgano de Coordinación de la Prevención, el
Castigo y la Erradicación de la Violencia Familiar y la Violencia contra la Mujer (CONAPREVI),
otra entidad del Estado 90.
81.
Considerando lo anterior, es posible concluir que dentro del conjunto de muertes
violentas de mujeres ocurridas en 2001 en Guatemala, la existencia de homicidios por
razones de género no era excepcional 91. Coadyuva a esta conclusión la valoración de prueba
pericial y documental que refiere a fechas próximas a diciembre de 200192. En este sentido,
resulta oportuno considerar que el tipo de fenómeno que aquí se examina presenta cierto
grado de continuidad temporal y que, si bien resulta difícil precisar con plena certeza el
momento en el cual tuvo inicio, en todo caso, para la fecha en que ocurrieron los hechos del
presente caso existía un contexto de aumento de la violencia homicida contra las mujeres en
Guatemala.
89
Cfr. Procuraduría de los Derechos Humanos de Guatemala, “Informe Anual Circunstanciado 2001”,
Guatemala, enero de 2002, págs. 44 a 46 (expediente de anexos al escrito de solicitudes y argumentos, anexo
105, fs. 10,968 a 11,151). En el documento se indica que la discriminación “históricamente […] ha excluido [a
las mujeres] del usufructo de derechos fundamentales y por ello [sufren] ser víctimas de vejámenes, malos
tratos y violencia”. Adicionalmente se ha indicado, como una explicación posible sobre el aumento de homicidios
de mujeres en Guatemala, “la existencia de condiciones sociales, económicas y políticas que mantienen a las
mujeres en condición de desigualdad respecto a los hombres”. Centro de Recursos para el Análisis de Conflictos
(CERAC), “Guatemala en la encrucijada. Panorama de una violencia transformada”, supra, pág. 106. En el
mismo sentido, Amnistía Internacional, en un texto que refiere datos de los años 2000 a 2003, considera a “la
cultura patriarcal como una causa específica [del] fenómeno [de la violencia]” en Guatemala. El texto explica
que “[e]l sistema patriarcal que se construye bajo un patrón de un ejercicio de poder y una dominación
mayoritariamente masculina, coloca a las mujeres con mucha facilidad en una posición de vulnerabilidad”.
Amnistía Internacional, “Informe de crímenes contra mujeres en Guatemala”, agosto de 2004, págs. 11 y 13
(expediente de anexos al escrito de solicitudes y argumentos, anexo 52, fs. 5,512 a 5,525).
90
Afirmó que “manifestaciones de violencia [contra las mujeres] evidencian las relaciones históricamente
asimétricas entre mujeres y hombres [p]roducto de una organización social estructurada sobre la base de la
desigualdad, la opresión y la discriminación contra las mujeres”. Órgano de Coordinación de la Prevención, el
Castigo y la Erradicación de la Violencia Familiar y la Violencia contra la Mujer (CONAPREVI), PLANOVI 20042014: Plan Nacional de Prevención y Erradicación de la Violencia Intrafamiliar y contra las Mujeres, supra, pág.
6.
91
Esto no implica tener como demostrado que el crecimiento numérico de homicidios de mujeres se deba, en
forma exclusiva o principal, a la violencia en razón de género, ni considerar a los homicidios por razones de
género en Guatemala, en 2001 o con posterioridad, como un fenómeno generalizado o en crecimiento. En tal
sentido, cabe referir prueba aportada por las representantes: un estudio indica que destacan dos explicaciones
sobre el aumento de homicidios de mujeres en Guatemala. Una vinculada con “el clima generalizado de
violencia que experimenta Guatemala, afectando tanto a hombres como mujeres”. La otra, relacionada a la
desigualdad respecto a los hombres. En el documento se asevera que “[a] pesar que ha aumentado
notablemente la violencia contra las mujeres, los datos disponibles no permiten concluir que en Guatemala el
femicidio sea un fenómeno generalizado en el país o que se encuentre en aumento”. Centro de Recursos para el
Análisis de Conflictos (CERAC), “Guatemala en la encrucijada. Panorama de una violencia transformada”, supra,
pág. 59.
92
La perita Ana Carcedo Cabañas indicó que “por los problemas ya mencionados de información (supra nota al
pie de página 70), se identificaron el 40% de los homicidios de mujeres como femicidios, y un 19% más en los
que se sospecha que también lo fueron”. En este sentido, Amnistía Internacional ha expresado que “[e]n su
informe de 2003 la Procuraduría de los Derechos Humanos afirmó que de una muestra de 61 casos examinados
con detenimiento, cabía llegar a la conclusión de que 22 de las mujeres habían muerto en un contexto de
violencia sexual”. Amnistía Internacional, “Guatemala. Ni protección ni justicia: Homicidios de mujeres en
Guatemala”, supra, pág. 8. La Corte advierte que lo dicho por la perita Ana Carcedo Cabañas arrojaría como
conclusión que, estimativamente, un 59% de los homicidios de mujeres en Guatemala para 2003 serían
cometidos en razón del género de la víctima. De otro lado, la información presentada por Amnistía
Internacional, que toma por base datos estatales, arrojaría que para el mismo año un 36,06% de las muertes
de mujeres estarían asociadas a un contexto de violencia sexual. La Corte, de acuerdo a los criterios señalados,
considera posible colegir, en todo caso, que una parte significativa de los homicidios de mujeres en 2003 fueron
cometidos en razón del género de las víctimas.