investigaciones. Asimismo, indicó que para la investigación de los hechos ocurridos en
Río de Janeiro en la Favela Jacarezinho en el 2021 (supra Considerando 6), instituyó
un grupo específico con cuatro fiscales y un grupo de peritos técnicos y de equipo de
apoyo para llevar a cabo la investigación21.
8.
Las representantes consideraron que esta reparación no ha sido cumplida por las
siguientes razones:
a) es necesario “un cambio legislativo o prácticas para que de hecho se pueda cumplir”
y, en particular, que se efectúen “cambios estructurales en las políticas de seguridad
pública, para que las investigaciones sean realizadas con la asistencia del personal
técnico, criminalístico y administrativo ajeno al órgano de seguridad al cual los
acusados estén vinculados, lo que implica el alejamiento de la misma estructura,
organización y su autonomía presupuestaria y ejecutiva” 22;
b) con respecto al proyecto N° 135 de 2018, observaron que se encuentra hace más de
dos años en la Comisión de Constitución, Justicia y Ciudadanía, sin que siquiera se
hubiese elaborado el dictamen correspondiente, y que, si bien podría contribuir a la
independencia y eficacia de las investigaciones de muertes derivadas de intervención
policial, no abarca lo que fue ordenado por la Corte con relación al personal técnico
criminalístico (supra Considerando 7.a);
c) aun cuando el ordenamiento jurídico brasileño atribuye competencia al Ministerio
Público, órgano independiente, para ejercer el control externo y supervisión de las
policías, a lo cual se suma que en 2015 el Supremo Tribunal Federal reconoció que el
Ministerio Público tiene la facultad de conducir investigaciones penales por autoridad
propia, no hay normativa que garantice la obligatoriedad de que las investigaciones
de casos de muertes por intervenciones policiales sean realizadas por dicho órgano.
De esta forma, las unidades del Ministerio Público de cada ente federativo tienen
discreción para decidir si instauran procedimientos investigativos o para reglamentar
esos procedimientos;
d) la postura del Consejo Nacional del Ministerio Público (supra Considerando 7.d), resulta
contraria a lo ordenado en la Sentencia, así como a lo dispuesto por el Supremo
Tribunal Federal en el marco de la ADPF N° 635 (supra Considerando 7.c), debido a
que, en la práctica, el control externo que realiza el Ministerio Público consiste en la
supervisión “reactiva” de las medidas investigativas realizadas por las autoridades
policiales. Sostuvieron que ello se evidencia en la Resolución N° 129 del Consejo
Nacional del Ministerio Público, que establece sus reglas de actuación en las
investigaciones de muertes derivadas de intervención policial, ya que, entre otras
disposiciones, estipula que las autoridades policiales tienen un plazo de 24 horas para
comunicar al Ministerio Público la ocurrencia de muertes por causa de la intervención
policial, lo cual puede dar margen a ocultamientos o alteraciones de elementos de
prueba cruciales en la escena del crimen, y
e) el Ministerio Público no cuenta con la estructura técnica y criminalística necesaria para
la investigación de crímenes de forma independiente de la actuación de la policía, ya
que los peritos están subordinados a agentes estatales de la Policía Civil o de las
Secretarías de Seguridad. Señalaron que los órganos periciales en Brasil se estructuran
de distintas maneras según cada estado, sin que exista uniformidad en sus diseños
institucionales. Estas dos circunstancias, sumadas a los pocos recursos financieros o
incluso la falta de peritos, son factores que contribuyen a la ausencia de
independencia23. El Ministerio Público de Río de Janeiro había creado en 2015 el Grupo
Audiencia pública de Supervisión de Cumplimiento de Sentencia celebrada el 20 de agosto de 2021.
Audiencia pública de Supervisión de Cumplimiento de Sentencia celebrada el 20 de agosto de 2021.
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Las representantes refirieron que, “para ingresar a la carrera de perito es necesario aprobar exámenes
públicos” y que “la formación profesional tiene lugar en el ámbito de las academias de policía, siendo administrado
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