RESOLUCIÓN DE LA CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS1 DE 18 DE NOVIEMBRE DE 2015 MEDIDAS PROVISIONALES RESPECTO DE BRASIL ASUNTO DEL COMPLEJO PENITENCIARIO DE CURADO VISTO: 1. Las Resoluciones emitidas por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (en adelante “la Corte Interamericana”, “la Corte” o “el Tribunal”) el 22 de mayo de 2014 y el 7 de octubre de 2015, en las cuales, entre otros, requirió a la República Federativa de Brasil (en adelante “Brasil” o “el Estado”) que adoptara de forma inmediata todas las medidas que fueran necesarias para proteger eficazmente la vida y la integridad personal de todas las personas privadas de libertad en el Complejo de Curado, así como de cualquier persona que se encuentre en dicho establecimiento, incluyendo los agentes penitenciarios, funcionarios y visitantes. 2. El escrito recibido el 12 de noviembre de 2015, mediante el cual los representantes de los beneficiarios informaron sobre nuevos hechos de violencia, muertes y amenazas contra internos del Complejo Penitenciario de Curado y sobre un posible plan para atentar contra la vida de una representante. CONSIDERANDO QUE: 1. En la Resolución de 7 de octubre de 2015 la Corte se pronunció sobre la grave situación de violencia e inseguridad en el Complejo Penitenciario de Curado, en especial sobre la situación de hacinamiento, la presencia de armas, las condiciones de seguridad y respeto a la vida e integridad personal de todos los internos, funcionarios y visitantes del Complejo de Curado, y la existencia de “chaveiros” con funciones estatales dentro de ese centro penal. 2. En su comunicación de 12 de noviembre de 2015 los representantes presentaron información sobre la ocurrencia de los siguientes hechos violentos desde la notificación de la Resolución de 7 de octubre de 2015: i. el director del Presidio Marcelo Francisco Araújo (PAMFA) fue herido mientras separaba una pelea entre internos; ii. según noticias de prensa, agentes penitenciarios encontraron un revolver calibre 38 en posesión de internos. Ese mismo día un interno fue herido con un disparo de arma de fuego durante una pelea; 1 El Juez Roberto F. Caldas no participó en el conocimiento y deliberación de la presente Resolución.

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