fueron expulsadas16. Según los relatos y las noticias del periódico de la época, se habrían quemado casas, uno
de los ocupantes habría sido baleado y la hija de otro habría muerto pisoteada 17.
18. Gabriel Sales Pimenta era abogado y defensor de derechos humanos. Al comienzo de su carrera, después
de salir segundo en un concurso nacional, fue a trabajar a Brasilia. Poco después dejó su empleo
económicamente estable para trabajar con los movimientos sociales del campo en pro de los derechos de los
trabajadores rurales, primero en la ciudad de Porto Nacional (estado de Goiás), después en Conceição do
Araguaia (estado de Pará) y por último en Marabá (estado de Pará) 18. En calidad de abogado del Sindicato de
los Trabajadores Rurales de Marabá, Gabriel Sales Pimenta defendió a trabajadores rurales de la región de Pau
Seco en litigios contra los hacendados Nelito y Marinheiro. Se volvió conocido al ser el primer abogado de la
historia de Marabá en obtener la revocación de un mandamiento provisional que había permitido la expulsión
de los ocupantes de tierras de una zona reivindicada por hacendados 19 . Eso se logró por medio de un
mandamiento de seguridad (recurso de amparo) incoado por Gabriel Sales Pimenta y el abogado Benedito
Monteiro a favor de José Ribamar Nonato de Sousa, Jovelino Nonato de Paula, Paulo Nonato de Paula y José
Francisco dos Santos ante el Tribunal de Justicia de Pará, basado en el argumento de que la emisión de la orden
de desalojo sin una audiencia previa para oír a los trabajadores había sido un acto ilegal y abusivo 20.
2. Las amenazas contra los trabajadores y contra Gabriel Sales Pimenta
19. En diciembre de 1981, los ocupantes regresaron a Pau Seco. Según la declaración de Antonio Francisco da
Silva, continuaron las amenazas contra los trabajadores y ahora también contra Gabriel. Manoel Cardoso Neto
y José Pereira da Nóbrega incluso habrían afirmado que lo matarían antes del 4 de agosto de 1982, fecha para
la cual se había programado otra audiencia ante el Tribunal de Justicia sobre el asunto de la tenencia de Pau
Seco21. Otros elementos confluyen en el mismo escenario de constantes amenazas contra los trabajadores y su
abogado.
20. En noviembre de 1981 se inició una investigación policial de Manoel Cardoso Neto por la tentativa de
homicidio del ocupante Francisco Pereira da Silva 22. Ese mismo año, la casa de João Lourenço (conocido como
“João Cupu”), a la sazón presidente del Sindicato de los Trabajadores Rurales, habría sido invadida por José
Pereira da Nóbrega 23 . En la prensa se señaló también que João Cupu había recibido amenazas de Manoel
Cardoso Neto24. En noviembre de 1981, João Cupu habría desaparecido de la ciudad sin que nadie supiera su
paradero 25 . Antônio Francisco da Silva, que poco después asumió la presidencia del Sindicato de los
Trabajadores Rurales de Marabá, también habría recibido amenazas continuamente 26 . Al declarar ante las
autoridades judiciales, Antônio Francisco da Silva afirmó que había sido amenazado de muerte expresamente
Anexo I.10. Despacho de la jueza Ruth Nazare Couto Gurjão del 9 de octubre de 1981. Petición inicial del 8 de noviembre de 2006; Anexo
II.6. Acta de la declaración de Antônio Francisco da Silva del 19 de julio de 1982. Petición inicial del 8 de noviembre de 2006.
17 Anexo 04. Acta de la declaración de Juarez Francisco Xavier en los autos de la acción de reintegración de posesión de Pau Seco del 9 de
noviembre de 1981. Escrito de la parte peticionaria del 27 de abril de 2018; Anexo 05. Revista IstoÉ, “Morte anunciada”. 28 de julio de
1982. Escrito de la parte peticionaria del 27 de abril de 2018 (el desalojo se efectuó con tal violencia que la hija de uno de los ocupantes
murió pisoteada); Anexo 27. Ronaldo Barata. Inventário da Violência no Campo: crime e impunidade no campo paraense (1980-1989). CEJUP,
Belém, 1995, Episodio No. 32.81: “Bispo de Marabá relata violência contra posseiros” (O Estado de S. Paulo), pág. 117. Escrito de la parte
peticionaria del 27 de abril de 2018.
18 Anexo 02. Tribunal de Justicia del Estado de Pará, proceso No. 0007348-91.2007.814.0028, Declaración de José Batista Gonçalves Afonso.
Escrito de la parte peticionaria del 27 de abril de 2018; Anexo I.18. Carta de la Asociación Nacional de Abogados de los Trabajadores de la
Agricultura (ANATAG/15/82) del 21 de julio de 1982. Petición inicial del 8 de noviembre de 2006.
19 Anexo 03. Opinião, “Marabá tem a marca de Gabriel”. 23 y 24 de julio de 1998. Escrito de la parte peticionaria del 27 de abril de 2018;
Anexo II.6. Acta de la declaración de Antônio Francisco da Silva del 19 de julio de 1982. Petición inicial del 8 de noviembre de 2006.
20 Anexo I.11. Mandamiento de seguridad del 20 de noviembre de 1981. Petición inicial del 8 de noviembre de 2006.
21 Anexo II.6. Acta de la declaración de Antônio Francisco da Silva del 19 de julio de 1982. Petición inicial del 8 de noviembre de 2006.
22 Anexo I.12. Ordenanza de la Comisaría de Marabá del 9 de noviembre de 1991. Petición inicial del 8 de noviembre de 2006.
23 Anexo II.5. Acta de la declaración de Risomar Daniel Castro del 21 de julio de 1982. Petición inicial del 8 de noviembre de 2006.
24 Anexo I.13. A Província do Pará, “Advogado Morto por Encomenda”. 20 de julio de 1982. Petición inicial del 8 de noviembre de 2006.
25 Anexo I.13. A Província do Pará, “Advogado Morto por Encomenda”. 20 de julio de 1982. Petición inicial del 8 de noviembre de 2006.
26 Anexo 27. Ronaldo Barata. Inventário da Violência no Campo: crime e impunidade no campo paraense (1980-1989). CEJUP, Belém, 1995,
Episodio No. 20.82: “Presidente do STR de Marabá está ameaçado de morte” (fuente: A Província do Pará), pág. 139. Escrito de la parte
peticionaria del 27 de abril de 2018.
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