por Manoel Cardoso Neto y José Pereira da Nóbrega 27. Agregó que individuos armados le habían “avisado” a un
trabajador que había contratado que lo asesinarían 28 . Además, camino a su casa, Antônio Francisco habría
encontrado una trampa parecida a la que se habría utilizado para matar a otro trabajador de Pau Seco poco
antes29. En julio de 1982 (mes en el cual Gabriel Pimenta sería asesinado), Antônio Francisco da Silva dijo que
había encontrado una amenaza escrita a mano dirigida a él y a “João Grandi”, además de haber sido perseguido
por Manoel Cardoso Neto en Marabá30.
21. Según distintas declaraciones, Gabriel Sales Pimenta habría recibido varias amenazas en los meses
anteriores a su asesinato, y Manoel Cardoso Neto lo habría amenazado de muerte, incluso con amenazas
expresas de que lo matarían antes del 4 de agosto de 198231. Antônio Francisco da Silva y Rizomar Daniel Castro
declararon que habían oído que Manoel Cardoso Neto y José Pereira da Nóbrega habían amenazado con matar
a Gabriel Sales Pimenta antes del 4 de agosto de 198232. Antônio Francisco da Silva afirmó que Gabriel Sales
Pimenta, a pesar de las amenazas, no dejaría de representar los trabajadores rurales ocupantes porque era un
“abogado de la clase”33. João Martins dos Santos y Juarez Francisco Xavier, residentes de Pau Seco, afirmaron
que, a fines de junio de 1982, mientras descargaban madera en una carretera cerca de la región, vieron llegar a
un grupo de personas, entre las que se encontraban Manoel Cardoso Neto y José Pereira de Nóbrega 34. Manoel
Cardoso Neto le habría dicho a João Martins que iba a confiscar la madera y enseguida habría tomado a Juarez
por los brazos y lo habría arrojado encima de unos trozos de madera. En ese momento, José Pereira da Nóbrega
habría amenazado con sacar un revólver, pero no lo sacó del bolso; Juarez dijo que había visto el cabo del
arma35. Antes de irse, Manoel Cardoso Neto le habría dicho a João Martins que, para el 4 de agosto, ya no tendría
más la “cobertura” de Antônio Francisco da Silva (el entonces presidente del Sindicato de los Trabajadores
Rurales de Marabá36) ni de Gabriel Sales Pimenta 37. Además, Etelvina Honorato de Paulo, residente de Pau Seco,
que habría sufrido un atentado que ella atribuyó a pistoleros contratados por Manoel Cardoso Neto y José
Pereira da Nóbrega, también dijo que había visto a los mismos pistoleros que la habían amenazado pasar frente
a la casa de Gabriel el día del delito y decir que esa era “la casa del hombre” antes de seguir hasta la casa de
Manoel Cardoso Neto38. Etelvina también informó que un amigo habría visto a dos presuntos pistoleros de
Manoel Cardoso Neto conversando en un bar y que uno le comentaba al otro que tenía que cumplir el contrato
con el patrón para recibir quinientos mil cruzeiros 39. Edson Rodrigues, amigo de Gabriel, declaró que había
visto a unos individuos en la casa de Manoel Cardoso Neto que parecían ser pistoleros. Después, Edson habría
Anexo II.6. Acta de la declaración de Antônio Francisco da Silva del 19 de julio de 1982. Petición inicial del 8 de noviembre de 2006 (en
la cual se relata que José Pereira da Nóbrega hacía gestos como de quien quería sacar un arma y decía que entraría en la casa donde estaba
Antônio Francisco para romperle la cabeza).
28 Anexo II.6. Acta de la declaración de Antônio Francisco da Silva del 19 de julio de 1982. Petición inicial del 8 de noviembre de 2006 (en
la cual se relata que, en mayo de 1982, contrató un trabajador, y cuando este estaba realizando sus tareas, se le acercaron unos
desconocidos armados con cuchillos, revólveres de 38 mm, una escopeta calibre 20 y un arma de repetición. Esos desconocidos habrían
dicho que, dentro de un año, ambos matarían a Antônio).
29 Según los relatos, Erondino Alves de Souza, agricultor de Pau Seco, habría sido asesinado a tiros porque lo confundieron con Antônio
Francisco da Silva, y los responsables habrían sido Manoel Cardoso Neto y José Pereira da Nóbrega. Cf. Anexo II.6. Acta de la declaración
de Antônio Francisco da Silva del 19 de julio de 1982. Petición inicial del 8 de noviembre de 2006; Anexo 27. Ronaldo Barata. Inventário da
Violência no Campo: crime e impunidade no campo paraense (1980-1989), CEJUP, Belém, 1995, Episodio No. 6.82: “Posseiro é morto por
engano” (fuente: O Grito PA-150), pág. 125. Escrito de la parte peticionaria del 27 de abril de 2018.
30 Anexo I.14. Amenaza contra Antônio Francisco y João Grandi (manuscrito) del 5 de julio de 1982. Petición inicial del 8 de noviembre de
2006; Anexo II.6. Acta de la declaración de Antônio Francisco da Silva del 19 de julio de 1982. Petición inicial del 8 de noviembre de 2006.
31 Anexo II.5. Acta de la declaración de Risomar Daniel Castro del 21 de julio de 1982. Petición inicial del 8 de noviembre de 2006; Anexo
II.6. Acta de la declaración de Antonio Francisco da Silva del 19 de julio de 1982. Petición inicial del 8 de noviembre de 2006.
32 Anexo II.5. Acta de la declaración de Risomar Daniel Castro del 21 de julio de 1982. Petición inicial del 8 de noviembre de 2006; Anexo
II.6. Acta de la declaración de Antonio Francisco da Silva del 19 de julio de 1982. Petición inicial del 8 de noviembre de 2006.
33 Anexo II.6. Acta de la declaración de Antônio Francisco da Silva del 19 de julio de 1982. Petición inicial del 8 de noviembre de 2006.
34 Anexo II.7. Acta de la declaración de João Martins dos Santos del 19 de julio de 1982. Petición inicial del 8 de noviembre de 2006; Anexo
II.8. Acta de la declaración de Juarez Francisco Xavier del 19 de julio de 1982. Petición inicial del 8 de noviembre de 2006.
35 Anexo II.8. Acta de la declaración de Juarez Francisco Xavier del 19 de julio de 1982. Petición inicial del 8 de noviembre de 2006.
36 Anexo II.6. Acta de la declaración de Antonio Francisco da Silva del 19 de julio de 1982. Petición inicial del 8 de noviembre de 2006.
37 Anexo II.7. Acta de la declaración de João Martins dos Santos del 19 de julio de 1982. Petición inicial del 8 de noviembre de 2006; Anexo
II.8. Acta de la declaración de Juarez Francisco Xavier de 19 de julio de 1982. Petición inicial del 8 de noviembre de 2006.
38 Anexo II.23. Acta de la declaración de Etelvina Honorata de Paulo del 21 de julio de 1982. Petición inicial del 8 de noviembre de 2006;
Anexo II.1. Pedido de prisión preventiva de Manoel Cardoso Neto y José Pereira da Nóbrega efectuado por la policía el 22 de julio de 1982.
Petición inicial del 8 de noviembre de 2006.
39 Anexo II.23. Acta de la declaración de Etelvina Honorata de Paulo del 21 de julio de 1982. Petición inicial del 8 de noviembre de 2006.
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