11. Amici Curiae. – El Tribunal recibió diez escritos de amicus curiae presentados por: a) Media Defence11; b) la red IFEX12; c) el Practicum de Protección Internacional de Derechos Humanos de Boston College Law School13; d) el Semillero de Estudios en Gobierno y Justicia de la Facultad de Derecho y Ciencias Políticas de la Universidad de La Sabana14; e) el Centro de Derechos Reproductivos15; f) la Corporación Sisma Mujer de Colombia16; g) Robert F. Kennedy Human Rights17; h) Strategic Advocacy for Human Rights (SAHR) 18; i) la Corporación Sisma Mujer, el Colectivo de Abogados “José Alvear Restrepo” (CAJAR), la Corporación Casa de la Mujer, laConsultoría de Derechos Humanos para el Desplazamiento Forzado (CODHES) y la ComisiónColombiana de Juristas, integrantes de la Mesa de Seguimiento a los Autos 092 de 2008 y 009 de de la Corte Interamericana de Derechos Humanos de 24 de marzo de 2021, Considerando 12. El escrito fue firmado por Padraig Hughes y Carlos Gaio y se refiere a (i) el contexto de violencia contra mujeres periodistas en Colombia; (ii) el deber especial de protección de periodistas en el contexto colombiano; (iii) el deber de proveer un enfoque diferencial a la protección de mujeres periodistas; (iv) el deber de proveer salvaguardas a las actividades de reportería de las mujeres periodistas; y (v) sobre cómo la violencia sexual contra mujeres periodistas y su impunidad generan un efecto amedrentador sobre la libertad de expresión. 11 El escrito fue firmado por Anni Game y se refiere a (i) la experiencia de IFEX en la materia; (ii) la relevancia del caso de Jineth Bedoya como caso emblemático de impunidad en ataques contra mujeres periodistas; (iii) los efectos negativos de la impunidad en crímenes contra mujeres periodistas sobre la democracia, y (iv) la lucha contra la impunidad como parte del deber de brindar un ambiente favorable para la libertad de expresión. 12 El escrito fue firmado por Daniela Urosa y Julia Novak y se refiere a (i) la jurisprudencia establecida en materia de igualdad de género, libertad de expresión y libertad de expresión y periodistas; (ii) las mujeres periodistas son un grupo especialmente vulnerable; (iii) la falta de protección ha propiciado un círculo vicioso de violencia e impunidad; (iv) la impunidad y la violencia como represalia incitan a la autocensura, lo que afecta a las mujeres periodistas de manera desproporcionada; (v) como consecuencia de la censura previa de facto resultante de la violencia cíclica e impunidad, el Estado tiene la obligación positiva de brindar protección especial a las mujeres periodistas; (iv) para cumplir esta obligación es necesaria la adopción formal de una perspectiva de género, y (v) la violencia digital amenaza a las mujeres periodistas de manera desproporcionada, lo que aumenta la necesidad de una protección legal especia. 13 El escrito fue firmado por Michelle Infante, María Verónica Hernández, Juana Padilla, Laura Sofía Bohórquez, Laura Kathalina Mottay José Miguel Rueda y se refiere a (i) el contexto de discriminación estructural basada en el género; (ii) el conflicto armado no internacional y su impacto diferenciado en la mujer; (iii) el impacto de la discriminación estructural y el conflicto armado en la libertad de expresión de las mujeres, y (iv) la reparación integral con enfoque de género y vocación transformadora en casos de violencia sexual dentro de un contexto de discriminación estructural y conflicto armado. 14 El escrito fue firmado por Catalina Martínez Coral, Cristina Rosero Arteaga, Viviana Rodríguez Peña y Carolina Patricia Trejos y se refiere a (i) los Estándares internacionales aplicables al Estado colombiano respecto a las víctimas de violencia sexual; (ii) el contexto de conflicto armado y su relación con las violaciones a derechos humanos cometidas contra Jineth Bedoya, y (iii) Reparaciones: estándares y buenas prácticas de reparaciones para víctimas de violencia sexual. 15 El escrito fue firmado por Linda María Cabrera Cifuentes y Karla Roxana Pérez y se refiere a (i) la respuesta estatal a la violencia sexual en el conflicto armado, y (ii) la violencia sexual sistemática en el conflicto armado colombiano. 16 El escrito fue firmado por Angelita Baeyens, Janina Heller y Wilson Fellow y se refiere a (i) las mujeres periodistas y defensoras de derechos humanos enfrentan factores de riesgo únicos y sufren tipos específicos de violencia; (ii) la importancia de garantizar la protección de mujeres periodistas y defensoras de derechos humanos; (iii) los estándares relevantes del derecho internacional de los derechos humanos relacionados con algunos de los derechos comprometidos en el presente caso; (iv) los mecanismos de protección a periodistas en Colombia deben incluir una perspectiva de género, y (v) reparaciones con vocación transformadora. 17 El escrito fue firmado por Natasha Latiff y se refiere a (i) la caracterización de violencia sexual en el contexto del conflicto armado en Colombia y en el caso concreto; (ii) la caracterización del trauma y las secuelas de la violencia sexual: un enfoque individual y colectivo; (iii) las obligaciones del Estado en materia de violencia sexual; (iv) las obligaciones del Estado en la investigación, juzgamiento y sanción de hechos de violencia sexual; (v) la reparación a las víctimas de violencia sexual; (vi) el marco legal y administrativo de reparaciones a víctimas del conflicto armado, y (vii) medidas de reparación adecuadas: un enfoque holístico. 18 7

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