100 supervisión del juez que dispuso dicha medida, a quien debe remitirse la información obtenida380. En este sentido, el Tribunal considera que las búsquedas de las víctimas desaparecidas por parte del Estado, ya sea a través del Grupo de Trabajo Tocantins o de cualquier otra acción posterior o complementaria que resulte necesaria para su localización e identificación, por ejemplo, la investigación penal ordenada en la presente Sentencia (supra párrs. 256 y 257), deberán realizarse de manera sistemática y rigurosa, contar con los recursos humanos y técnicos adecuados y emplear, tomando en cuenta las normas pertinentes en la materia381, todos los medios necesarios para localizar e identificar los restos de las víctimas desaparecidas y entregarlos a los familiares. C. Otras medidas de rehabilitación, satisfacción y garantías de no repetición 1. Rehabilitación i. Atención médica y psicológica 264. La Comisión solicitó a la Corte que ordene al Estado adoptar medidas para el tratamiento físico y psicológico de los familiares de las víctimas desaparecidas y de la persona ejecutada. 265. Los representantes señalaron que el Estado tiene la obligación de ofrecer asistencia médica y psicológica gratuita a los familiares de las víctimas desaparecidas en la Guerrilha do Araguaia, de modo que puedan acceder a un centro médico de calidad para conseguir la asistencia necesaria, por lo que solicitaron que esta asistencia sea realizada en centros médicos, reconocidos nacionalmente, escogidos por los familiares y no por el Servicio Único de Salud como indica el Estado. Esta medida deberá incluir, también, el costo de los medicamentos, a fin de que los familiares no tengan que incurrir en gastos adicionales a los que ya tuvieron. Para ello, solicitan que Brasil realice una evaluación médica individual de los familiares y que el tratamiento que requieran responda a las necesidades de cada uno de ellos. 266. El Estado destacó que en la acción ordinaria presentada por los familiares en contra de la Unión, solicitaron distintas medidas pero nunca una “reparación integral”. No obstante, informó que existe en Brasil el Servicio Único de Salud, que permite la universalidad de acceso a los servicios de salud en todos los niveles de asistencia. 267. La Corte considera, como lo ha hecho en otros casos382, que es necesaria una medida de reparación que brinde una atención adecuada a los padecimientos físicos y psicológicos sufridos por las víctimas. Por lo tanto, el Tribunal estima conveniente disponer que el Estado brinde atención médica y psicológica o psiquiátrica gratuita y de forma inmediata, adecuada y efectiva, a través de sus instituciones públicas de salud 380 Cfr. Caso Gomes Lund y otros (Guerrilha do Araguaia). Solicitud de Medidas Provisionales respecto de Brasil. Resolución de 15 de julio de 2009, Considerando 10. 381 Tales como las establecidas en el Manual de Naciones Unidas sobre la Prevención e Investigación Efectiva de Ejecuciones Extrajudiciales, Arbitrarias y Sumarias. Al respecto, cfr. Caso de la Masacre de Mapiripán Vs. Colombia. Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 15 de septiembre de 2005. Serie C No. 134, párr. 305, y Caso De la Masacre de las Dos Erres, supra nota 186, párr. 247. 382 Cfr. Caso Barrios Altos Vs. Perú. Reparaciones y Costas. Sentencia de 30 de noviembre de 2001. Serie C No. 87, párrs. 42 y 45; Caso Rosendo Cantú y otra, supra nota 45, párr. 252, y Caso Ibsen Cárdenas e Ibsen, supra nota 24, párr. 253.

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