estigmatización y desacreditación contra las y los integrantes de la CPDH, así como de graves
actos de amedrentamiento. A pesar de todo, la señora Oviedo ha continuado con su actividad
como defensora de derechos humanos hasta el día de su detención, siendo este acto de
privación de la libertad una muestra más extrema de este proceso de hostigamiento y
persecución dirigido en contra de ella en particular, y de las personas defensoras de derechos
humanos en Nicaragua en general.
13.
Adicionalmente, el Tribunal observa que a la señora Oviedo se le imputan los delitos
de “conspiración para acometer menoscabo a la integridad nacional y propagación de noticias
falas a través de la tecnología de la información y la comunicación” 15, y ello por haber vertido
declaraciones en los medios de comunicación, televisión y redes sociales en las que emitió su
opinión crítica sobre las recientes leyes aprobadas en Nicaragua. En particular, según el
escrito de Acusación Fiscal de 7 de septiembre de 2021, la señora Oviedo opinó que dichas
leyes fueron hechas “para perseguir al sector de oposición”, “en un contexto de represión de
violación al derecho humano, a la libertad de expresión, a la libertad de prensa, la libertad
de asociación” y que Nicaragua “vive una dictadura donde es evidente el irrespeto al Estado
de derecho y la violación sistemática de los derechos humanos de los ciudadanos” 16. A lo
anterior se une el hecho de la señora Oviedo está siendo procesada, entre otros, por la
violación del artículo 30 de la Ley Especial de Ciberdelitos, ley que, como se ha indicado
supra, ha sido objeto de amplias críticas por parte de organismos internacionales y
organizaciones de la sociedad civil.
14.
A la vista de lo anterior, la Corte considera que, prima facie, la detención de la señora
Oviedo y el procesamiento judicial seguido en su contra se enmarcan en un contexto de
hostigamiento a toda aquella persona que es identificada como opositora en Nicaragua,
contexto el cual se ha visto exacerbado este año ante la inminencia de las elecciones
generales que tendrán lugar en noviembre. No en vano, el Tribunal ya se ha pronunciado en
Resoluciones anteriores sobre situaciones similares a la que es objeto de análisis en el
presente asunto, ordenando al Estado nicaragüense la liberación inmediata de las personas
detenidas17. A este respecto, el Tribunal recuerda que esta serie de detenciones de personas
pertenecientes a la oposición o identificadas como opositoras en Nicaragua ha sido
ampliamente recogida y rechazada por organismos internacionales como la Oficina de la Alta
Comisionada de Naciones Unidas para los Derechos Humanos 18, la Relatora Especial de la
ONU sobre la situación de los defensores y defensoras de derechos humanos 19 y la Comisión
Recogido en los artículos 410 y 412 del Código Penal y el artículo 30 de la Ley No. 1042, Especial de
Ciberdelitos, aprobada el 27 de octubre de 2020 y Publicada en La Gaceta, Diario Oficial No. 201, el 30 de octubre
de 2020. Disponible aquí:
http://legislacion.asamblea.gob.ni/normaweb.nsf/($All)/803E7C7FBCF44D7706258611007C6D87?OpenDocument
15
Cfr. Ministerio Público de Nicaragua, Acusación Fiscal, No. Expediente Fiscal 1866-240-2021-JD, de 7 de
septiembre de 2021 (anexo al escrito de los representantes de fecha 20 de septiembre de 2021, folio 1581).
16
Cfr. Asunto Juan Sebastián Chamorro y otros respecto de Nicaragua. Medidas Provisionales. Resolución de
la Corte Interamericana de Derechos Humanos de 24 de junio de 2021; Asunto Juan Sebastián Chamorro y otros
respecto de Nicaragua. Adopción de Medidas Urgentes en favor de Deisy Tamara Dávila Rivas y su núcleo familiar,
en el marco de las Medidas Provisionales adoptadas en el asunto Juan Sebastián Chamorro y otros respecto de
Nicaragua. Resolución de la Presidenta de la Corte Interamericana de Derechos Humanos de 19 de julio de 2021, y
Asunto Juan Sebastián Chamorro y otros respecto de Nicaragua. Ratificación, ampliación y seguimiento de Medidas
Provisionales. Resolución de la Corte Interamericana de Derechos Humanos de 9 de septiembre de 2021.
17
Cfr. Noticias ONU, “Bachelet emplazó al gobierno nicaragüense a adoptar un cambio urgente en su curso
de acción de cara a las elecciones de noviembre. Precisó que eso implica, por lo menos, liberar de inmediato a todas
las personas detenidas arbitrariamente; cesar todo acto de persecución en contra de las voces disidentes;
reestablecer los derechos y libertades que hacen posible un proceso electoral libre, creíble y equitativo; y derogar la
legislación restrictiva del espacio cívico y democrático”, 22 de junio de 2021, disponible en:
https://news.un.org/es/story/2021/06/1493602
18
Cfr. OACNUDH, Comunicado de prensa, "Nicaragua: Experta de la ONU lamenta crecientes ataques y
detenciones de defensores y defensoras de derechos humanos", de 3 de junio de 2021. Disponible en:
19
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