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encierra este compromiso”. El Estado no se refirió a los incisos b), c) y d) de este punto
resolutivo.
32.
Que en su escrito de 24 de febrero de 2009 los representantes señalaron que
consideraban importante lo informado por el Estado sobre la creación de varias iniciativas
mediante “Acuerdos Ministeriales”, pero observaron que no se establecía “con precisi��n la
forma en que estos Acuerdos y su implementación (si es que ya están siendo
implementados) se relacionan directamente con el cumplimiento” de este punto resolutivo,
por lo cual solicitaron que se requiera al Estado “un informe más detallado en cuanto al
grado de avance” de cada una de las medidas ordenadas en el punto resolutivo noveno.
Agregaron que consideraban importante que el Estado a través de COPREDEH “como ente
coordinador cree un mesa interinstitucional con el objeto de contar con un espacio de
discusión directa con las instituciones que podrían aportar al cumplimiento de estos
aspectos”. A su vez opinaron respecto a lo informado por el Estado en cuanto a la negativa
de la Academia de Lenguas Mayas “en el impulso del cumplimiento del inciso [a)] es
necesario llevar acciones con otras instituciones que pudieran apoyar [con] participación de
las víctimas y sus representantes” (inciso a) del punto resolutivo noveno). En cuanto al
mejoramiento del sistema de comunicación vial, informaron que las comunidades
beneficiarias entregaron al “Gabinete Presidencial” en una visita que se realizara a Rabinal,
Baja Verapaz, un petición para que realizaran acciones urgentes de cumplimiento de este
punto, previo al inicio de la época de invierno “que dificulta que este tipo de mejoras se
pueda realizar durante este periodo, afectando mucho mas aún las vías de comunicación
entre estas comunidades”, pero que no han obtenido ningún resultado (inciso b) del punto
resolutivo noveno). A su vez, solicitaron que el Estado informe sobre los avances en la
construcción del Centro de Salud en Plan de Sánchez (inciso e) del punto resolutivo
noveno).
33.
Que sobre este punto la Comisión observó que respecto de las obligaciones
contenidas en esta medida de reparación, el Estado no había aportado información
suficiente sobre su cumplimiento. Agregó que consideraba esencial que se solicitara al
Estado información específica sobre “los planes, programas y proyectos que haya diseñado
o se encuentra diseñando con el fin de dar a conocer y difundir la cultura maya achí, así
como sobre los avances sustanciales respecto de esta obligación” (inciso a) del punto
resolutivo noveno), para proveer de mantenimiento y mejora a la comunicación vial entre
las comunidades [señaladas] en la Sentencia (inciso b) del punto resolutivo noveno), para
desarrollar el sistema de alcantarillado y suministro de agua potable (inciso c) del punto
resolutivo noveno), y para dotar de personal docente capacitado en la educación primaria y
secundaria de dichas comunidades (inciso d) del punto resolutivo noveno)” (supra Visto 6).
La Comisión notó “el incumplimiento respecto de estos aspectos de la reparación […] y
solicit[ó] a la Corte que inste al Estado a cumplir con las mencionadas obligaciones y a
informar sobre estas a la brevedad posible.
34.
Que la Corte considera como positivo lo informado por el Estado en cuanto a la
realización de acciones encaminadas al cumplimiento de los incisos a) y e) del punto
resolutivo noveno, relativas a dar a conocer y difundir la cultura maya achí, y a la
construcción de un centro de salud en Plan de Sánchez. Sin embargo, ha constatado que
ninguno de los dos informes estatales hacen referencia a ninguna medida específica
adoptada para dar cumplimiento a los incisos b), c) y d) del mismo punto resolutivo, que se
refieren al mantenimiento y mejora en el sistema de comunicación vial, sistema de
alcantarillado y suministro de agua potable y dotación de personal docente capacitado en
las comunidades beneficiadas. Consecuentemente, en consideración de lo establecido en la
Sentencia (supra Visto 1), este Tribunal estima que el Estado debe realizar todas las
acciones necesarias para dar cumplimiento de forma integral a estas medidas de reparación