65 hechos del caso o a causa de las posteriores actuaciones u omisiones de las autoridades estatales frente a los hechos302. 205. En este sentido, el Tribunal toma nota de las declaraciones de presuntas víctimas303, así como los dictámenes psicológicos elaborados por la perita María Cecilia Kirby Villa304 y de la declaración de César Augusto Luna Valle brindada durante la audiencia pública ante la Corte. Al respecto, el Tribunal nota que ha quedado demostrada la existencia de un vínculo estrecho entre los familiares y el señor Luna López, debido a que, según declaraciones, eran muy unidos, formaban un solo grupo familiar, lo consideraban como el soporte del hogar, el proveedor y protector, la figura que impartía disciplina, así como la guía sabia de sus hijos305. Así, Rosa Margarita Valle Hernández, esposa del señor Luna López, declaró que en el plano afectivo que: “perdí a mi compañero de vida durante 21 años y a la persona que brindaba estabilidad económica y emocional a mi hogar y a mi vida. Tomé la decisión de aferrarme a mis hijos y luchar por educarlos y hacer de ellos personas de bien, objetivo que […] contribuye no sólo a honrar la memoria de mi esposo sino que también da vida a los sueños que desde jóvenes compartimos por formar un hogar”306. 206. De las declaraciones rendidas en la sustanciación del presente caso, se desprende que la muerte repentina y violenta del señor Luna López ha causado secuelas a nivel psicológico, personal y emocional en las personas anteriormente referidas, lo cual les ha suscitado un profundo dolor, tristeza y sufrimiento 307. De igual manera, la Corte constata que los hechos causaron la desintegración de la familia308 y la asunción de nuevos roles dentro de la misma. En este sentido, declararon que el señor Carlos Luna Valle se vio forzado a emigrar a los Estados Unidos durante 10 años por motivos económicos, dejando sus estudios de lado309; el señor César Luna Valle asumió el rol de padre ante sus hermanos menores, quienes no pudieron vivir nuevamente una infancia y adolescencia normal debido a las salidas restringidas impuestas por el constante temor de represalias310, y la señora 302 Cfr. Caso Blake, supra, párr. 114, Caso García y familiares, supra, párrs. 161, 162. 303 Cfr. Declaraciones rendidas ante fedatario público el 21 de enero de 2013, por: Rosa Margarita Valle Hernández; Carlos Antonio Luna Valle; Allan Miguel Luna Valle; José Fredy Luna Valle; Roger Herminio Luna Valle, y Lubina Mariana Luna Valle el 23 de enero de 2013 (expediente de fondo, folios 562 a 576; 577 a 587; 604 a 611; 612 a 619; 620 a 626, y 588 a 603, respectivamente). 304 Cfr. Informe Pericial Psicológico elaborado por la psicóloga María Cecilia Kirby Villa en favor de Rosa Margarita Valle Hernández; Carlos Antonio Luna Valle; César Augusto Luna Valle; Lubina Mariana Luna Valle; Allan Miguel Luna Valle; José Fredy Luna Valle, y Roger Herminio Luna Valle, rendido ante fedatario público el 29 de enero de 2013 (expediente de fondo, folios 671 a 724). 305 Cfr. Declaraciones rendidas ante fedatario público el 21 de enero de 2013, por: Rosa Margarita Valle Hernández; Carlos Antonio Luna Valle; Allan Miguel Luna Valle; José Fredy Luna Valle; Roger Herminio Luna Valle, y Lubina Mariana Luna Valle el 23 de enero de 2013 (expediente de fondo, folios 571 y 574; 584 y 585; 608 y 609; 616; 623, y folios 596 y 597, respectivamente). 306 Cfr. Declaración rendida ante fedatario público por Rosa Margarita Valle Hernández el 21 de enero de 2013 (expediente de fondo, folio 574). 307 Cfr. Declaraciones rendidas ante fedatario público el 21 de enero de 2013, por: Rosa Margarita Valle Hernández; Carlos Antonio Luna Valle; Allan Miguel Luna Valle; José Fredy Luna Valle; Roger Herminio Luna Valle, y Lubina Mariana Luna Valle el 23 de enero de 2013 (expediente de fondo, folios 571 y 574; 584 y 585; 608 y 609; 616 y 617; 623 y 624, y folios 594 a 598, respectivamente). 308 Cfr. Declaraciones rendidas ante fedatario público el 21 de enero de 2013, por: Rosa Margarita Valle Hernández; Carlos Antonio Luna Valle; Allan Miguel Luna Valle; Roger Herminio Luna Valle, y Lubina Mariana Luna Valle el 23 de enero de 2013 (expediente de fondo, folios 574, 585, 609, 624, y 599, respectivamente). 309 Cfr. Declaración rendida ante fedatario público por Rosa Margarita Valle Hernández el 21 de enero de 2013 (expediente de fondo, folios 565 y 567); declaración rendida ante fedatario público por Carlos Antonio Luna Valle el 21 de enero de 2013 (expediente de fondo, folios 579 y 580). 310 Cfr. Declaraciones rendidas ante fedatario público el 21 de enero de 2013, por: Rosa Margarita Valle Hernández; Allan Miguel Luna Valle, y Roger Herminio Luna Valle, folios 575, 610, y 624, respectivamente).

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