-22web del Poder Judicial98. El representante May Cantillano y la Comisión Interamericana valoraron el cumplimiento estatal. El representante Molina Acevedo no se refirió al cumplimiento de esta medida. 56. La Corte considera que el Estado, dentro del plazo establecido, ha dado cumplimiento total a las medidas de publicación y difusión de la Sentencia ordenadas en el punto dispositivo sexto de la misma. F. Cursos y programas de educación y capacitación para funcionarios judiciales F.1. Medida ordenada por la Corte 57. En el punto dispositivo sexto y el párrafo 341 de la Sentencia, la Corte dispuso que el Estado “implemente programas y cursos permanentes de educación y capacitación en derechos humanos, derechos reproductivos y no discriminación, dirigidos a funcionarios judiciales de todas las áreas y escalafones de la rama judicial”, y estableció que “[d]entro de dichos programas y cursos de capacitación deberá hacerse una especial mención a la […] Sentencia y a los diversos precedentes del corpus iuris de los derechos humanos relativos a los derechos reproductivos y el principio de no discriminación”. F.2. Consideraciones de la Corte 58. El Tribunal valora positivamente que Costa Rica haya diseñado y puesto en ejecución un programa de capacitación en derechos humanos, sexuales y reproductivos para funcionarios judiciales (infra Considerandos 59 a 63). El Estado afirmó que con las acciones implementadas “ha dado un adecuado cumplimiento a lo preceptuado por la […] Corte […] en lo atinente a [este] punto dispositivo” de la Sentencia. El representante May Cantillano reconoció que “se han realizado capacitaciones del personal judicial en materia de derechos humanos”, e hizo notar que estas “debe[n] ser permanente[s]” 99. 59. El 14 de enero de 2013 el Pleno de la Corte Suprema de Justicia de Costa Rica acordó que tanto “el Consejo Directivo de la Escuela Judicial [‘Lic. Édgar Cervantes Villalta’, como] la Escuela Judicial [deben] poner en ejecución programas y cursos permanentes de educación y capacitación de derechos humanos[,] principalmente en temas reproductivos y no discriminación dirigidos a funcionarios y funcionarias judiciales” 100. La Escuela Judicial conformó un equipo de trabajo, en el cual también participó personal de la Defensoría de los Habitantes de Costa Rica101. Este grupo de trabajo diseñó el taller denominado “Derechos 98 Cfr. Acuerdo de la Corte Plena tomado en la sesión No. 8-13 celebrada el 25 de febrero de 2013 (anexo al escrito del Estado de 20 de junio de 2013); Oficio No. 2193-134 de 26 de febrero de 2013 a través del cual la Secretaría General de la Corte Suprema de Costa Rica comunicó a la Dirección de Tecnología de la Información del Poder Judicial el acuerdo tomado por la Corte Plena en sesión No. 8-13 de 25 de febrero de 2013, artículo XVIII, para publicar, por plazo de un año, en la página web del Poder Judicial la Sentencia dictada por la Corte Interamericana en el presente caso (anexo al escrito del Estado de 21 de agosto de 2013), y Oficio No. SP-1772013 de 14 de junio de 2013 de la Secretaría General de la Corte Suprema de Justicia, dirigido a la Procuradora General de la República, en el cual se indicó “se puede acceder [a la publicación de la Sentencia de este caso] ingresando al siguiente link: http://www.poderjudicial.go.cr/images/documentos/noticias/FECUNDACION_IN_VITRO.pdf” (anexo al escrito del Estado de 20 de junio de 2013). 99 El representante Molina Acevedo no se refirió de manera específica al cumplimiento de esta medida de reparación. La Comisión sostuvo, en sus observaciones de agosto de 2013, que “valor[aba] positivamente el acuerdo para que el Consejo Directivo de la Escuela Judicial se h[iciera] cargo del cumplimiento de esta obligación” y estimó necesario que el Estado aportara más información sobre los contenidos de la capacitación, su obligatoriedad y periodicidad. 100 Cfr. Acuerdo de la Corte Plena tomado en la sesión No. 2-13 celebrada el 14 de enero de 2013, artículo V (Anexo al escrito del Estado de 20 de junio de 2013). 101 El grupo de trabajo se conformó con el director, la subdirectora, una especialista en métodos de enseñanza, un gestor de capacitación y una técnica judicial de la Escuela Judicial, y con la abogada directora del

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