-2-
Kawas Fernández3. El Tribunal estableció que las Sentencias de los referidos dos casos
hondureños constituyen por sí mismas una forma de reparación y, adicionalmente, ordenó
al Estado otras medidas de reparación (infra Considerando 1).
2.
Las tres Resoluciones de supervisión de cumplimiento de sentencia emitidas por la
Corte en el caso Kawas Fernández4 y el caso Luna López5.
3.
Los seis escritos presentados por el Estado entre mayo de 2012 y junio de 2015,
mediante los cuales remitió información con relación al cumplimiento de las Sentencias en el
caso Kawas Fernández6 y el caso Luna López7.
4.
Los seis escritos de observaciones presentados por los representantes de las víctimas
(en adelante “los representantes”)8 entre junio de 2012 y julio de 2015 en el caso Kawas
Fernández9 y el caso Luna López10.
5.
Los cuatro escritos de observaciones presentados por la Comisión Interamericana de
Derechos Humanos (en adelante “la Comisión Interamericana” o “la Comisión”) entre julio
de 2012 y agosto de 2015 en el caso Kawas Fernández11 y el caso Luna López12.
6.
La audiencia privada sobre supervisión de cumplimiento de Sentencia 13 celebrada, de
manera conjunta para seis casos hondureños, el 28 de agosto de 2015 en Tegucigalpa,
Honduras, durante el 53 período extraordinario de sesiones (infra Considerando 8).
7.
El escrito presentado por el Estado el 4 marzo de 2016, mediante el cual remitió
información de manera conjunta para los dos casos (infra Considerando 12).
8.
La nota de la Secretaría de la Corte de 12 de abril de 2016, mediante la cual,
siguiendo instrucciones del Presidente del Tribunal, se solicitó a Honduras información
detallada sobre el cumplimiento de las medidas supervisadas de manera conjunta en los dos
casos (infra Considerando 13).
9.
El escrito presentado por el Estado el 3 de agosto de 2016, mediante el cual remitió
información, en respuesta a lo solicitado mediante la nota de la Secretaría de la Corte de 12
de abril de 2016 (infra Considerando 14).
10.
Los escritos de observaciones presentados por los representantes de las víctimas el
10 y 25 de octubre de 2016, de manera conjunta para los dos casos (infra Considerando
14).
3
En la Sentencia se indica que los referidos familiares son: Blanca Fernández, madre; Jacobo Kawas Cury,
padre fallecido; Jaime Alejandro Watt Kawas, hijo; Selsa Damaris Watt Kawas, hija; Carmen Marielena Kawas
Fernández, hermana; Jacobo Roberto Kawas Fernández, hermano y Jorge Jesús Kawas Fernández, hermano. Cfr.
Caso Kawas Fernández Vs. Honduras, supra nota 1, párr. 119.
4
Cfr. Caso Kawas Fernández Vs. Honduras. Supervisión de Cumplimiento de Sentencia. Resoluciones de la
Corte Interamericana de Derechos Humanos de 27 de febrero de 2012 y 23 de octubre de 2012, disponibles en
http://www.corteidh.or.cr/cf/Jurisprudencia2/busqueda_supervision_cumplimiento.cfm?lang=es.
5
Cfr. Caso Luna López Vs. Honduras. Supervisión de Cumplimiento de Sentencia. Resolución de la Corte
Interamericana
de
Derechos
Humanos
de
27
de
enero
de
2015,
disponible
en
http://www.corteidh.or.cr/cf/Jurisprudencia2/busqueda_supervision_cumplimiento.cfm?lang=es
6
Escritos de 3 de mayo de 2012, 13 de enero de 2014, 14 de mayo y 30 de junio de 2015.
7
Escritos de 13 de octubre y 22 de octubre de 2014.
8
Los representantes de los casos son las organizaciones Centro por la Justicia y el Derecho Internacional
(CEJIL) y Equipo de Reflexión, Investigación y Comunicación (ERIC) para el caso Kawas Fernández y la señora
Heydi Yanira López Ramírez para el caso Luna López.
9
Escritos de 1 de junio de 2012, 13 de febrero de 2014 y 4 de junio y 18 de junio de 2015.
10
Escritos de 24 de noviembre de 2014 y 6 de julio de 2015.
11
Escritos de 13 de julio de 2012, 13 de marzo de 2014 y 7 de agosto de 2015.
12
Escrito de 7 de enero de 2015.
13
Fue convocada siguiendo instrucciones del Presidente de la Corte Interamericana en consulta con los
demás jueces del Tribunal, mediante nota de la Secretaría de la Corte de 21 de julio de 2015 (infra Considerando
8).