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ii.
Programas de seguridad alimentaria y nutricional
15.
Durante la visita, la delegación de la Corte no obtuvo información sobre el diseño e
implementación de programas de seguridad alimentaria y nutricional en la colonia Pacux.
Solo en cuanto a la nutrición infantil, hubo algunos reclamos por parte de determinados
beneficiarios de la medida que señalaron que sólo fue recientemente que se logró que el
Estado proporcionara alimentación para los estudiantes en las escuelas. En consecuencia,
teniendo en cuenta que el Estado no proporcionó mayor información sobre este extremo de
la presente medida, se le solicita que en su próximo informe se refiera de forma específica a
este punto.
iii.
Mejora de calles y avenidas dentro de la Colonia
16.
La delegación de la Corte pudo supervisar de forma directa varias calles ubicadas
dentro de la Colonia Pacux. Se pudo observar que las calles son de tierra; ninguna estaba
asfaltada. Varios de los residentes de la Colonia Pacux, al igual que varios agentes de
COPREDEH, reconocieron que, si bien las rutas eran transitables en la época de la visita,
durante la temporada de lluvia se convertirían en intransitables, ya que se convertirían en
un “lodal”, y el agua entraría en sus casas.
17.
De lo expresado por las partes y lo constatado por la delegación respecto de las
condiciones del material de las calles, sumado a la falta de un sistema de alcantarillado, es
posible afirmar que durante la temporada lluviosa las mismas no son transitables y que el
agua ingresa dentro de las casas de los habitantes de la colonia. Teniendo en cuenta lo
antedicho, la Corte observa que las condiciones de las calles supervisadas dentro de la
Colonia Pacux no cumplen con los estándares requeridos para el cumplimiento de esta
medida.
18.
Resulta prioritario que el Estado adopte medidas para garantizar que las calles sean
transitables dentro de la Colonia Pacux durante todo el año, incluyendo la época lluviosa, y
que se proporcione el mantenimiento adecuado.
iv.
Sistema de alcantarillado, tratamiento
abastecimiento de agua potable
de
aguas
residuales
y
19.
La delegación de la Corte pudo supervisar de forma directa el sistema del
alcantarillado, tratamiento de aguas negras o residuales y abastecimiento de agua potable a
lo largo de la colonia Pacux durante la visita celebrada.
20.
En lo que respecta al sistema de alcantarillado y tratamiento de aguas
residuales, que el Estado debía implementar “independientemente de las demás obras
públicas que estén previstas en el presupuesto nacional para la Colonia Pacux o para la
región” (supra Considerando 10), se pudo constatar que en la Colonia Pacux no se cuenta
con sistemas de desagüe ni de tratamiento de aguas residuales, tal como lo reconocieron
funcionarios del Estado. Al contrario, es importante destacar que, según varios integrantes
de la comunidad, el único “desagüe” con el que cuenta la colonia es un río que también es
utilizado por las personas para bañarse, cuando no está disponible el agua en sus casas.
Ello consta en la fotografía 6 en Anexo a esta Resolución. El Estado, por su parte, manifestó