miembros y solicit[aron] que se tomaran medidas dirigidas a proteger los entornos de trabajo de Danilo Rueda […]. Así lo comunic[aron] a la [C]ancillería y solicit[aron] que la Unidad Nacional de Protección valorara estas solicitudes, para luego tener una reunión convocada desde la Cancillería”. Pese a que el “canal de comunicación e interlocución hab[í]a sido solicitado a la Cancillería […] el Estado afirm[ó] en su informe que la [CIJP] no quiso facilitar comunicación con Danilo Rueda”; e) en cuanto a las medidas tomadas por el Estado para atender la situación de riesgo de Danilo Rueda, los representantes observaron que el pasado 13 de mayo se adelantó una reunión convocada por la Cancillería, en la que se hicieron presentes delegados de la Policía Nacional, la Unidad Nacional de Protección y la CIJP, así como el señor Danilo Rueda. En la referida reunión se habrían acordado medidas particulares para atender la situación de riesgo de éste 9, y f) la CIJP valoró las acciones propuestas por el Estado para atender la situación de grave riesgo en la que se encontraría Danilo Rueda. Adicionalmente, reiteraron “la imperiosa necesidad de que se realice una evaluación periódica de […] su eficacia, sin que medie la solicitud de los peticionarios”. Solicitaron que “las medidas se implementen efectivamente, y [que] se evalué su eficacia para garantizar la vida [e] integridad de Danilo Rueda, [así como] proteger sus espacios de trabajo para que pueda desarrollar su labor de defensa y protección de derechos humanos”. Finalmente, solicitaron a la Corte que “asuma el seguimiento [del] cumplimiento de las medidas y urja al Estado […] que garantice la vida e integridad de Danilo Rueda, en el marco de procedimiento de medidas provisionales”. 12. El escrito de 19 de mayo de 2014, mediante el cual la Comisión Interamericana señaló que: a) “el Estado no ha controvertido la situación de riesgo individualizado e incremental en que se encuentra el señor Danilo Rueda y observ[ó] con preocupación que continuaría siendo protegido a través del esquema colectivo implementado a favor de los integrantes de la [CIJP]”. En este sentido, la Comisión “fundamentó su solicitud de medidas provisionales en 9 Según los representantes del beneficiario, las medidas acordadas fueron las siguientes: “1. Uno de los automotores de servicio colectivo que ya tenemos asignado para nuestra Comisión de Justicia y Paz será usado de forma exclusiva por Danilo Rueda[,] asignado para que la UNP disponga para otra persona de Colombia que lo requiera[;] 2. Solicitamos una motocicleta con escolta y arma para que apoye el esquema que se implementaría con Danilo Rueda[;] 3. Se requiere un cambio de chaleco de seguridad por uno tipo chaleco más liviano y que facilita el desplazamiento del protegido[;] [4]. Se asume adicionalmente la propuesta de UNP de asignación de gasolina adicional para los desplazamientos de Danilo Rueda, cuando el combustible regular se haya terminado[;] [5]. Se asumió la comunicación directa con el Coronel Arango para activación de alerta y traslados de Danilo Rueda a las diversas regiones donde realiza su trabajo como integrante de nuestra Comisión de Justicia y Paz[;] [6]. Se asumió el compromiso por parte de la UNP de adelantar las medidas de protección de la residencia de Danilo Rueda […;] [7]. Se asumió el compromiso por parte de la UNP de adelantar las medidas de protección […] a la sede de la Comisión de Justicia y Paz en la ciudad de Neiva[;] [8]. [S]e asumió el compromiso de convocar a la Fiscalía General de la Nación, a finales de mayo para que d[é] respuesta a las solicitudes de investigación de las amenazas proferidas a Danilo Rueda como integrante de Justicia y Paz”. 13

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