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el Estado no haya ubicado a la beneficiaria para determinar las medidas de
protección y seguridad acordes a su nivel de riesgo, así como la negativa o
imposibilidad de los representantes de proporcionar dicha información al Estado
después de una reunión de seguimiento y concertación llevada a cabo el 8 de abril
de 2010. Teniendo en cuenta lo anterior, la Corte exhorta a los representantes de la
beneficiaria y al Estado a buscar los canales de comunicación más adecuados para
superar los obstáculos que impiden la implementación adecuada de mecanismos de
protección acordes con el riesgo actual que podría estar enfrentando la beneficiaria.
3) Situación de Sara Paola Pinzón López y Luz Mery Pinzón López
16. El Estado informó que la actuación disciplinaria ante la Procuraduría General de
la Nación, iniciada por la denuncia de la señora Sara Paola Pinzón contra miembros
de la Policía Nacional, fue archivada en octubre de 2009, por haberse acreditado que
los miembros de la policía se encontraban adelantando el estudio de nivel de riesgo
y que no se encontró irregularidad alguna. En relación con los supuestos hechos de
amenaza del 8 de mayo de 2010 en contra de la señora Luz Mery Pinzón, señalados
por los representantes (infra Considerando 18), informó que no se ha presentado
denuncia alguna y que la Fiscalía General de la Nación no ha podido iniciar las
investigaciones pertinentes con el fin de corroborar si en efecto se configuró el delito
de amenazas alegado. Además, precisó que en la Fiscalía General únicamente consta
una denuncia penal en el año 2008 por el presunto delito de violencia intrafamiliar.
El Estado solicitó el levantamiento de las medidas respecto de Sara Paola Pinzón
López y Luz Mery Pinzón López y sus familias.
17. Los representantes afirmaron durante la audiencia que la situación de riesgo
que enfrenta Sara Paula Pinzón López y su familia se mantiene vigente. Señalaron
que si bien el Estado manifestó desconocer la ubicación de los familiares, en los
meses de diciembre de 2008 y enero de 2009, algunos funcionarios de la policía han
realizado llamadas a las viviendas y teléfonos móviles de miembros de la familia
Pinzón, mecanismo de comunicación no concertado que coloca innecesariamente en
alerta a los beneficiarios. Los representantes aceptaron que no todos los hechos han
sido informados oportunamente, no obstante estiman que de esta situación no se
deriva necesariamente la inexistencia del riesgo. Informaron, además, que el 17 de
abril de 2009 la señora Sara Paola Pinzón López recibió en su domicilio “una visita de
personas que se identificaron como agentes de la policía nacional, [manifestando] ir
de parte del Colectivo de Abogados”, la señora Pinzón autorizó el ingreso de los
presuntos agentes al apartamento al conjunto residencial donde reside y solicitó que
se identificaran; no obstante, sólo uno de ellos se identificó e indicó que hacía parte
del comando de policía cercano, aunque no portaba la vestimenta propia de uso de
la fuerza pública. Confirmaron que durante la reunión de seguimiento y concertación
sostenida el 8 de abril de 2010, la representante de la Procuraduría General informó
que la investigación fue archivada, por considerar que “las acciones tomadas por los
agentes de la policía resultaron acordes a lo consagrado por la ley para estos casos”.
18. Por otra parte, en su último informe los representantes señalaron que el 8 de
mayo de 2010 tres sujetos desconocidos se presentaron en la residencia de la
señora Luz Mery Pinzón López, ubicada en la ciudad de Villavicencio como abogados
y le pidieron que les diera poder para adelantar cobros sobre indemnizaciones.
También habrían dicho que querían representarla a ella y a sus hermanas ante
autoridades nacionales, afirmando que “el Colectivo de Abogados no es el único que
podía representarlas” y que esa organización solo “quiere enriquecerse con las
víctimas”. Uno de los “supuestos abogados” entregó una tarjeta de presentación