76 permiten que las víctimas o sus familiares denuncien o presenten querellas, pruebas o peticiones o cualquier otra diligencia, con la finalidad de participar procesalmente en la investigación penal con la pretensión de establecer la verdad de los hechos294. 193. Este Tribunal constata que la investigación contra los presuntos perpetradores de tortura fue iniciada más de tres meses después de que se hiciera la primera mención sobre dichos actos cometidos en contra de los señores Cabrera y Montiel. Además, la Corte observa que se dio inicio a dicha investigación por petición expresa de los denunciantes realizada el 26 de agosto de 1999 (supra párr. 74). Por todo lo anterior, para el Tribunal es claro que el Estado incumplió su deber de investigar ex officio los hechos violatorios de los derechos humanos de los señores Cabrera y Montiel y, por lo tanto, la Corte concluye que el Estado violó el artículo 8.1 de la Convención Americana, así como el artículo 8 de la Convención Interamericana para Prevenir y Sancionar la Tortura. 2. Competencia de la jurisdicción penal militar 194. Además de lo mencionado en relación con la investigación de oficio respecto a los alegados actos de tortura, la Corte constata que el 10 de octubre de 1999 el agente del Ministerio Público Federal realizó una consulta de incompetencia por materia al Agente del Ministerio de la Federación y Delegado Estatal de la Procuraduría General de la República en el estado de Guerrero, ya que consideró que “los inculpados se encontraban desempeñando servicio de armas cuando cometieron los hechos delictuoso[s] y por lo mismo deben considerarse como delitos contra la disciplina militar”295. El 5 de noviembre de 1999 el Agente del Ministerio Público Federal determinó declinar la competencia para continuar con las investigaciones correspondientes al Agente del Ministerio Público Militar, debido a que los probables responsables se encontraban en funciones como elementos pertenecientes al Ejército mexicano el día de los hechos. El 14 de diciembre de 1999 dicho Representante Social de la Federación turnó por incompetencia a su homólogo militar en la 35/a Zona Militar296. Finalmente, el 13 de junio de 2000 la Procuraduría General de Justicia Militar habría emitido un auto de reserva de archivo al considerar que no existían elementos que acreditaran la tortura297. 195. También ha sido señalado que (supra párr. 75), paralelamente, los señores Cabrera y Montiel presentaron el 14 de mayo de 1999 un escrito de queja sobre los hechos del presente caso ante la Comisión de Defensa de los Derechos Humanos del estado de Guerrero, donde se inició el expediente CODDEHUM-CRTC/031/99-I, que en su oportunidad fue remitido por razón de competencia a la CNDH, la cual inició una investigación para 294 Cfr. A modo de ejemplo el Código Federal de Procedimientos Penales, artículo 141, el cual reconoce los derechos de las víctimas u ofendidos en la averiguación previa (apartado A), en el proceso penal (apartado B) y durante la ejecución de sanciones (apartado C), y el Código de Procedimientos Penales para el estado de Guerrero, artículo 5, primer párrafo, que reconoce el derecho de la víctima o el ofendido para coadyuvar con el Ministerio Público, proporcionando al juzgador, por conducto de aquél o directamente, todos los datos que tenga y que conduzcan a acreditar la procedencia y monto de los daños y perjuicios ocasionados por el delito. Citado en Caso Fernández Ortega y otros vs. México, supra nota 39, párr. 192. 295 Cfr. Consulta de incompetencia por materia de 10 de octubre de 1999 (Proceso A.P.91/CC/99) (expediente de anexos a la demanda, tomo XII, folios 4846 al 4849). 296 297 CNDH. Recomendación No. 8/2000 de 14 de julio de 2000, supra nota 89, folio 311. Cfr. Escrito de 20 de junio de 2006 mediante el cual el Estado presentó “sus observaciones sobre los argumentos de fondo de los peticionarios, relativos al caso 11.449 Rodolfo Montiel Flores y Teodoro Cabrera García” a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (expediente de anexos a la demanda, tomo II, folio 676).

Seleccionar párrafo de destino3

Conectar a un párrafo
Connect to an entity
Disable highlights
Añadir a la tabla de contenidos