fueron transferidos a centros públicos de salud. Señalaron que desde esa época hasta la fecha la atención que el Estado ha proveído a las presuntas víctimas resulta sumamente deficiente y no es de carácter integral. 31. Indicaron que para las personas con VIH/SIDA una atención integral que contemple medicamentos antiretrovirales y tecnologías como la prueba de carga viral y CD4 es garantía de vida, tanto en la calidad como en la extensión de la misma. Precisaron que todas las personas que viven con VIH/SIDA requieren de tratamiento médico específico que incluya mínimamente la terapia antiretroviral y educación para el mejor consumo de los medicamentos, las pruebas sobre carga viral y el tratamiento de las enfermedades oportunistas. Señalaron que los antirretrovirales, los cuales son una combinación de medicamentos que bloquean la reproducción del VIH/SIDA dentro del organismo, son considerados el tratamiento ideal para prevenir la progresión del VIH/SIDA, logrando una clara mejoría en la salud y haciendo que las personas tengan una vida normal, laboral y social por muchos años. 32. Indicaron que debido a las muertes de ocho presuntas víctimas por la falta de atención del Estado, se puede presumir que las presuntas víctimas sobrevivientes se encuentran en grave riesgo. Señalaron que la atención médica inadecuada que han recibido las presuntas víctimas por parte del Estado ha agravado sus condiciones de salud. Reiteraron que la mayoría de las presuntas víctimas sobrevivientes ha padecido de enfermedades oportunistas, que con la realización de exámenes y la provisión de medicamentos adecuados eran fácilmente prevenibles. Entre estas enfermedades citaron las siguientes: desnutrición crónica, anemia, sordera, infecciones respiratorias recurrentes, neumonía, trauma ocular, infecciones urinarias, etc. 33. Señalaron que la atención del Estado es ineficiente porque i) se han presentado grandes períodos de desabastecimiento de medicamentos; ii) existen problemas de accesibilidad para acceder a tratamiento debido a la poca cantidad de centros públicos que tienen algún tipo de servicio para personas con VIH/SIDA; iii) existe una falta de personal; y iv) existe una falta de exámenes necesarios para el buen manejo del VIH/SIDA, así como la aparición de enfermedades oportunistas. Señalaron que todos estos factores han generado que la salud de las víctimas se esté deteriorando rápidamente, con el inminente riesgo de morir. 34. Los peticionarios señalaron que ante la ausencia de una atención adecuada se han visto obligados a buscar alternativas para tratar de salvar sus vidas, recurriendo a donaciones de medicamentos o a la compra de los mismos. Señalaron que la falta de exámenes ha hecho imposible determinar el tratamiento más adecuado. 35. Respecto del derecho a la igualdad ante la ley, señalaron que en un primer momento sólo 27 personas con VIH/SIDA recibían medicamento antiretroviral por parte del Estado, lo que constituía el 0.7% del total de personas que padecen la enfermedad. Señalaron que el 99.3% de las personas enfermas, dentro de las que se incluyen a las presuntas víctimas “con idéntico derecho, tienen que ver como su enfermedad constituye una sentencia de muerte dictada por el propio Estado, ya que el acceso a los medicamentos les está vedado”. Manifestaron que esto constituyó una flagrante discriminación en su contra. 36. Indicaron que posteriormente, con la transferencia de las presuntas víctimas a servicios estatales bajo un tratamiento irregular, se creó una distinción con las personas que también tiene VIH/SIDA y que no son atendidas por el Estado, a pesar de que todas están bajo circunstancias iguales. Señalaron que el Estado se encuentra obligado a adoptar medidas positivas para revertir o cambiar la situación discriminatoria existente con respecto a las presuntas víctimas del caso, a quienes no se les ha proporcionado una atención médica que les permita llevar a cabo una vida digna, en condiciones de igualdad. Sostuvieron que en la mayoría de casos se ha brindado a las víctimas un tratamiento inadecuado que ha empeorado su situación de salud y vida. 37. En relación con el desarrollo progresivo del derecho a la salud, los peticionarios indicaron que el derecho a la salud incluye obligaciones de efecto inmediato, por ejemplo, evitar la discriminación, así como de garantizar que ciertos fármacos, conocidos como medicamentos esenciales, estén disponibles y accesibles en toda su jurisdicción. Señalaron que de acuerdo a la OMS, dentro de estos medicamentos se encuentran los antirretrovirales. Indicaron que no obstante, el Estado no les proveyó de 6

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