fueron transferidos a centros públicos de salud. Señalaron que desde esa época hasta la fecha la atención que
el Estado ha proveído a las presuntas víctimas resulta sumamente deficiente y no es de carácter integral.
31.
Indicaron que para las personas con VIH/SIDA una atención integral que contemple
medicamentos antiretrovirales y tecnologías como la prueba de carga viral y CD4 es garantía de vida, tanto en
la calidad como en la extensión de la misma. Precisaron que todas las personas que viven con VIH/SIDA
requieren de tratamiento médico específico que incluya mínimamente la terapia antiretroviral y educación
para el mejor consumo de los medicamentos, las pruebas sobre carga viral y el tratamiento de las
enfermedades oportunistas. Señalaron que los antirretrovirales, los cuales son una combinación de
medicamentos que bloquean la reproducción del VIH/SIDA dentro del organismo, son considerados el
tratamiento ideal para prevenir la progresión del VIH/SIDA, logrando una clara mejoría en la salud y
haciendo que las personas tengan una vida normal, laboral y social por muchos años.
32.
Indicaron que debido a las muertes de ocho presuntas víctimas por la falta de atención del
Estado, se puede presumir que las presuntas víctimas sobrevivientes se encuentran en grave riesgo.
Señalaron que la atención médica inadecuada que han recibido las presuntas víctimas por parte del Estado ha
agravado sus condiciones de salud. Reiteraron que la mayoría de las presuntas víctimas sobrevivientes ha
padecido de enfermedades oportunistas, que con la realización de exámenes y la provisión de medicamentos
adecuados eran fácilmente prevenibles. Entre estas enfermedades citaron las siguientes: desnutrición
crónica, anemia, sordera, infecciones respiratorias recurrentes, neumonía, trauma ocular, infecciones
urinarias, etc.
33.
Señalaron que la atención del Estado es ineficiente porque i) se han presentado grandes
períodos de desabastecimiento de medicamentos; ii) existen problemas de accesibilidad para acceder a
tratamiento debido a la poca cantidad de centros públicos que tienen algún tipo de servicio para personas con
VIH/SIDA; iii) existe una falta de personal; y iv) existe una falta de exámenes necesarios para el buen manejo
del VIH/SIDA, así como la aparición de enfermedades oportunistas. Señalaron que todos estos factores han
generado que la salud de las víctimas se esté deteriorando rápidamente, con el inminente riesgo de morir.
34.
Los peticionarios señalaron que ante la ausencia de una atención adecuada se han visto
obligados a buscar alternativas para tratar de salvar sus vidas, recurriendo a donaciones de medicamentos o
a la compra de los mismos. Señalaron que la falta de exámenes ha hecho imposible determinar el tratamiento
más adecuado.
35.
Respecto del derecho a la igualdad ante la ley, señalaron que en un primer momento sólo
27 personas con VIH/SIDA recibían medicamento antiretroviral por parte del Estado, lo que constituía el
0.7% del total de personas que padecen la enfermedad. Señalaron que el 99.3% de las personas enfermas,
dentro de las que se incluyen a las presuntas víctimas “con idéntico derecho, tienen que ver como su
enfermedad constituye una sentencia de muerte dictada por el propio Estado, ya que el acceso a los
medicamentos les está vedado”. Manifestaron que esto constituyó una flagrante discriminación en su contra.
36.
Indicaron que posteriormente, con la transferencia de las presuntas víctimas a servicios
estatales bajo un tratamiento irregular, se creó una distinción con las personas que también tiene VIH/SIDA y
que no son atendidas por el Estado, a pesar de que todas están bajo circunstancias iguales. Señalaron que el
Estado se encuentra obligado a adoptar medidas positivas para revertir o cambiar la situación
discriminatoria existente con respecto a las presuntas víctimas del caso, a quienes no se les ha proporcionado
una atención médica que les permita llevar a cabo una vida digna, en condiciones de igualdad. Sostuvieron
que en la mayoría de casos se ha brindado a las víctimas un tratamiento inadecuado que ha empeorado su
situación de salud y vida.
37.
En relación con el desarrollo progresivo del derecho a la salud, los peticionarios
indicaron que el derecho a la salud incluye obligaciones de efecto inmediato, por ejemplo, evitar la
discriminación, así como de garantizar que ciertos fármacos, conocidos como medicamentos esenciales, estén
disponibles y accesibles en toda su jurisdicción. Señalaron que de acuerdo a la OMS, dentro de estos
medicamentos se encuentran los antirretrovirales. Indicaron que no obstante, el Estado no les proveyó de
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