estos medicamentos de manera absoluta hasta los años 2006 y 2007; y posteriormente lo hizo de manera parcial e intermitente. 38. Finalmente, en relación con el derecho a la integridad personal, los peticionarios presentaron una lista de familiares y seres queridos de las presuntas víctimas que se han visto afectados por los hechos del caso. En relación con los cuestionamientos del Estado sobre la lista, los peticionarios indicaron que en la misma están familiares o seres queridos que han acompañado a las presuntas víctimas a lo largo de su enfermedad y de su lucha para recibir atención y tratamiento médico. Señalaron que en algunos casos las presuntas víctimas no pudieron acudir a sus familiares directos por temor a ser rechazados pues fueron estigmatizados por su propia familia. Agregaron que resulta común en Guatemala que personas de una misma familia no estén registrados con los mismos apellidos. Asimismo, indicaron que la calificación de una misma persona como víctima y como familiar de otra víctima no implica una duplicidad pues se trata de condiciones distintas. B. Posición del Estado 39. En sus primeros escritos de 2004, el Estado reconoció que un número mínimo de personas con VIH/SIDA en Guatemala recibían atención médica pública. Sostuvo que “en la medida de sus posibilidades presupuestarias provee los tratamientos gratuitos” y que muchas personas con VIH/SIDA de bajos recursos económicos se vieron imposibilitadas de acceder a los tratamientos de salud puesto que resultan costosos. 40. El Estado indicó que, en el marco de la acción de amparo presentada ante la Corte de Constitucionalidad, el entonces Presidente de la República sostuvo una reunión con la Coordinadora de Sectores de Luchas contra el SIDA en la cual se comprometió a erogar medio millón de quetzales a favor del tratamiento de personas con VIH/SIDA. Indicó que dicha suma fue transferida al Programa Nacional del SIDA para el tratamiento de 80 adultos y 80 niños que fueron atendidos en centros estatales. 41. El Estado señaló que, a pesar de no proveía directamente la atención médica a las personas con VIH/SIDA, existían distintas organizaciones internacionales sin fines de lucro que la proveían tales como Médicos Sin Fronteras y otras entidades donantes. El Estado reconoció que “la mayoría del tratamiento en el país es asumido por Médicos Sin Fronteras”. 42. En junio de 2004, el Estado informó - en términos generales y presentar documentos o sin individualizar a las presuntas víctimas – sobre el tratamiento que supuestamente recibían 26 personas en Médicos sin Fronteras, Proyecto Vida, Coatepeque (11); Médicos sin Fronteras, Clínica Yaloc (5); Médicos sin Fronteras de Coatepeque (4); Clínicas Enfermedades Infecciosas del Hospital Roosevelt (1); Hospital Roosevelt Estudio Bristol (1); Instituto Guatemalteco de Seguridad Social- IGSS (3); Hospital Militar (1). Agregó que 11 personas no tenían acceso a medicamentos. 43. El Estado indicó que en cuanto a las 11 personas que aún no contaban con tratamiento, sus datos y direcciones fueron trasladados con carácter urgente al Ministro de Salud Pública y a la Directora del Programa Nacional del SIDA a fin de que se les provea a las clínicas que corresponda y se le asignen los antiretrovirales. 44. En su escrito de mayo de 2005, el Estado sostuvo que las presuntas víctimas podrían recibir la atención en forma gratuita en los hospitales Roosevelt o San Juan de Dios, ubicados en la ciudad de Guatemala, “definiéndose posteriormente según resultados, si llenan requisitos mínimos para poder acceder a los medicamentos ARV en el país”. Sostuvo que si no llenan los requisitos mínimos, “se les continuará atendiendo y en el momento en que llenen los criterios (…) se les iniciará el tratamiento necesario”. 45. Señaló que ha desarrollado distintas medidas generales de atención integral para todas las personas con VIH/SIDA en Guatemala tales como i) la coordinación con Médicos Sin Fronteras para que asuman la atención a pacientes; y ii) la compra de medicamentos a nivel internacional y nacional a fin de garantizar la ampliación de cobertura a personas con VIH/SIDA. 7

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