7 b. “que se encuentra actualmente en una etapa avanzada para la adjudicación de las tierras colectivas”. Este proceso de adjudicación tiene como base un proyecto de “Decreto Ejecutivo” que “declar[a] de interés social la adjudicación de Tierras Colectivas” a los miembros Ngöbe “que se vean afectados directamente por los traslados y reubicaciones conocid[o]s como los reasentamientos de Changuinola Arriba, Charco la Pava, Guayabal, y Valle del Rey, producto de las actividades relativas a las concesiones hidroeléctricas”; c. el 3 de enero de 2008 la Policía Nacional habría intervenido siguiendo los protocolos legales, con “uso de la fuerza no letal”, ante la supuesta “intención [de los manifestantes] de obstruir el paso y los trabajos de construcción”; d. si bien “la presencia policial […] representaba malestar [fue] por el deber del Estado de velar por la seguridad, la vida y bienes de los nacionales y extranjeros, en momentos en que existían conflictos entre la Empresa y las comunidades, [ya] superados”; e. la deforestación “se realiza[ría] bajo la anuencia” de la ANAM, “luego de realizarse estudios de impacto ambiental” y quienes la ejecutan son “en su mayoría […] personas de las propias comunidades” que se están entrenando y que contarían con un “inspector de seguridad laboral y patrullas de rescate de fauna y flora”; f. “el cierre del canal del río Changuinola, se estima estará logrado para el año 2011 y se llevar[ía] a cabo el proceso del embalse en un período de un mes, proceso que dependerá de las condiciones climáticas”. Asimismo, el Estado señaló que el embalse se construir[ía] en un área que “representa menos del 1% del área total del Bosque Protector”; g. la reubicación de las comunidades, se adelantaría “dentro de su mismo ambiente, m[á]s o menos a 500 metros del lugar donde estaban asentados” y con “el beneficio de titularidad de las tierras colectivas”, por lo que “continuar[ían] viviendo dentro de las tierras que siempre han habitado y tendr[ían] acceso a salud, educación, vías de acceso terrestre, trabajo, además de las indemnizaciones acordadas”. Asimismo, el Estado hizo alusión a una conferencia de prensa celebrada en marzo de 2010, con el acompañamiento de la Defensoría del Pueblo, en la cual los líderes de las Comunidades Charco La Pava y Changuinola Arriba habrían manifestado que las comunidades estaban satisfechas con los acuerdos suscritos con la empresa y el Estado, así como con el reasentamiento y las indemnizaciones y que estaban a la espera de la entrega de tierras colectivas. Respecto a las indemnizaciones, el Presidente de la Comunidad Charco La Pava indicó que se “está pagando a las comunidades afectadas” la suma de “doce millones de dólares”. Respecto al reasentamiento, dicho Presidente indicó que “después del embalse” las tierras que quedan “son las que [ellos] quier[en] utilizar” y que “sabe[n] que los pedazos que se quedan después del embalse son los terrenos que [ellos] necesita[n] para las comunidades”. Precisó que esto sería “donde esta la comunidad de Charco [en] un lugar m[á]s arriba de ese mismo lugar”; h. que “c[ontaría] con el 99% de las familias de acuerdo con el proyecto hidroeléctrico”, que solo “10 familias” estarían “pendientes de acuerdos finales” y que “las comunidades a través de sus representantes debidamente acreditados [habrían] d[ado] fe de que la empresa ha cumplido” con las indemnizaciones; i. “el Cuerpo de Bomberos de Panamá”, exigiría a la empresa “la utilización de protocolos de seguridad internacionalmente reconocidos” al momento de realizar

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