-710. El Tribunal recibió escritos en calidad de amici curiae de: el Grupo de Acciones Públicas de la Facultad de Jurisprudencia de la Universidad del Rosario9; la Clínica Jurídica por la Justicia Social y el Máster de “Derechos Humanos, Democracia y Justicia Internacional” de la Universitat de València, España10, y la organización Article 19 11. Respecto de este último, el Estado solicitó que no fuera admitido por extemporáneo (infra párrs. 67 y 68). 11. El 26 de marzo de 2012 los representantes y el Estado remitieron sus alegatos finales escritos y la Comisión Interamericana presentó sus observaciones finales escritas, así como sus respuestas a la información solicitada por la Corte durante la audiencia pública. El 13 de abril de 2012 dichos escritos fueron transmitidos a las partes y a la Comisión Interamericana. El Presidente otorgó un plazo al representante y a la Comisión para que presentaran las observaciones que estimaran pertinente respecto de la documentación presentada por el Estado junto con sus alegatos finales escritos, así como a la documentación remitida por el perito Tulande el 28 de marzo de 2012. La Comisión indicó mediante escrito de 2 de mayo de 2012, que “no t[enía] observaciones que formular a la información aportada por el perito Tulande ni[por el] Estado”. El representante no presentó observaciones. 12. El 6 de julio de 2012 la Secretaría de la Corte, siguiendo instrucciones del Presidente, solicitó al Estado y al representante que presentaran determinada información, documentación o explicaciones como prueba para mejor resolver. El 18 de julio de 2012 Colombia presentó un documento en respuesta a una parte de los pedidos de prueba para mejor resolver y, después de una prórroga que le fue otorgada, el 27 de julio, 1 y 13 de agosto de 2012 remitió el resto de los documentos e información solicitados por el Presidente. El 9 de agosto de 2012 la Comisión presentó una comunicación en la cual indicó que no tenía observaciones que formular a la documentación aportada por Colombia. Después de una prórroga que le fue otorgada, el 21 de agosto de 2012 el representante indicó que no tenía observaciones a la referida documentación. Por su parte, el 26 de julio de 2012 el representante remitió su respuesta a la solicitud de prueba para mejor resolver, aportando documentación que ya constaba en el expediente. III RECONOCIMIENTO PARCIAL DE RESPONSABILIDAD INTERNACIONAL A) Reconocimiento parcial de responsabilidad internacional del Estado y observaciones de la Comisión y el representante 13. En su escrito de contestación el Estado realizó un reconocimiento parcial de responsabilidad internacional. En sus alegatos finales escritos efectuó una “ampliación” de 9 El escrito fue presentado por Juan Felipe Lozano Reyes y Juliana Castro Londoño, estudiantes de la Clínica de Interés Público GAP de la Universidad del Rosario, bajo la dirección de la doctora Beatriz Londoño Toro, Directora del Grupo de Derechos Humanos y del Grupo de Acciones Públicas GAP de la Universidad del Rosario, y bajo la tutoría académica de la profesora María Teresa Palacios, Directora del área de Derechos Humanos y del profesor Nayid Abú Fager Coordinador del GAP y docente, ambos de la Universidad del Rosario. 10 El escrito fue presentado por Gabriel Choi Choi, Mar Cosín Muñoz, José García Añón, Sandra Gómez López, Lorena Menes Corrales, Ruth Mestre Mestre, Diana Núñez Pérez, Ausias Ortí Moreno, Anastasia Tsyhanok y Sara Verdú Vila de la Clínica Jurídica por la Justicia Social de la Universitat de València y del Máster en “Derechos Humanos, Democracia y Justicia Internacional” organizado por el Instituto de Derechos Humanos de dicha universidad. 11 El escrito fue presentado por David Banisar, Senior Legal Counsel, en representación de la organización Article 19.

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